Detalle de la norma RE-2-2016-GMC
Resolución Nro. 2 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2016
Asunto Aprobar las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR Jugo de durazno
Detalle de la norma

RE/2/2016/GMC

 

 

MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN

 

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 07/94, 22/94 y 31/04 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 05/11 del Grupo Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión Aduanera.

 

 

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

 

 

Art. 1 - Aprobar las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, que constan como Anexo y forman parte de la presente Resolución.

 

Art. 2 - Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente Resolución, entrarán en vigencia antes del 01/I/2017, debiendo los Estados Partes asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales previo a esa fecha.

 

 

CI GMC – Montevideo, 05/V/16. 

 

ANEXO

 

SITUACIÓN ACTUAL

MODIFICACIÓN APROBADA

NCM

DESCRIPCIÓN

AEC

%

NCM

DESCRIPCIÓN

AEC

%

2009.89.10

Jugo de durazno, de valor Brix superior o igual a 60

 

 

14

2009.89.1

Jugo de durazno, de acerola (Malpighia spp.) y de maracuyá (Passiflora edulis)

 

2009.89.90

Los demás

14

2009.89.11

De durazno, de valor Brix superior o igual a 60

14

 

 

 

2009.89.12

De acerola (Malpighia spp.)

14

 

 

 

2009.89.13

De maracuyá (Passiflora edulis)

14

 

 

 

2009.89.19

Los demás

14

 

 

 

2009.89.90

Los demás

14

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-5-2011-GMC Aprobar las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR Jugo de durazno