Resolución 97/2016
Prorrógase la
habilitación acordada por Resolución N° 46/2011 (DGA) de la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS, con carácter precario, por un nuevo plazo con vencimiento el día 30
de septiembre de 2016
Buenos Aires, 29 de Abril
de 2016.
VISTO la Actuación N°
17181-13-2016 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el escrito
del 11 de enero de 2016 presentado por MARITIMA MERIDIAN S.A. a fs. 1,
invocando el carácter de agente marítimo de UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF
S.A. PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, se solicita una
prórroga por un plazo igual al originario de la habilitación de la zona
operativa aduanera en el muelle ubicado en la localidad de Escobar, Provincia
de Buenos Aires, concedida por Resolución N° 46/2011 (DGA) de la DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS y prorrogada sucesivamente a través de distintos actos
administrativos, informándose que el PODER EJECUTIVO NACIONAL no le otorgó aún
la habilitación definitiva de dicho lugar.
Que en función de lo
manifestado en la NOTA N° 20/2016 (SE ZOPT) de la Sección Zona Portuaria Tigre
de fs. 53/54, la NOTA N° 85/2016 (DV COPN) de la División Control Operativo
Norte de fs. 55 y la Nota N° 186/16 (DI ADM1) de la Dirección Aduanas
Metropolitanas I de fs. 56, y ante la existencia de razones de interés público
fundadas en la necesidad de abastecer energéticamente a nuestro país, resulta
procedente autorizar las operaciones que se desarrollen en el mencionado lugar,
con carácter precario, por un nuevo término, correspondiendo a la Dirección
precedentemente mencionada verificar la vigencia de las constancias emitidas
por los diversos Organismos previamente intervinientes en la habilitación del
muelle en cuestión, así como exigir las obras y toda otra documentación
necesaria a los fines del adecuado ejercicio del control y para seguridad del Servicio
Aduanero.
Que por el Dictamen N°
133/16 DV DRTA de la División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero de fs.
59, conformado por medio de las leyendas del 1 de marzo de 2016 del
Departamento Asesoramiento Aduanero y la Dirección de Asesoría Legal Aduanera a
fs. 59 vta., así como por NOTA N° 684/2016 (SDG ASJ) de la Subdirección General
de Asuntos Jurídicos de fs. 60, la NOTA N° 111/2016 (SDG PLA) de la
Subdirección General de Planificación de fs. 60, y la nota del 30 de marzo de
2016 de la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional de fs. 60
vta., esta última según la nota del 4 de abril de 2016 de la Dirección de
Secretaría General de fs. 62, dichas unidades de estructura han tomado la
intervención que les compete.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades delegadas por el artículo 1° de la Disposición
N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE
LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorrógase
la habilitación acordada por Resolución N° 46/2011 (DGA) de la DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS, con carácter precario, por un nuevo plazo con vencimiento
el día 30 de septiembre de 2016, de la zona operativa aduanera en el muelle de
UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. - PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION
TRANSITORIA DE EMPRESAS, ubicado entre los kilómetros SETENTA Y CUATRO (74) y
SETENTA Y CINCO (75) del Río Paraná de las Palmas, en la localidad de Escobar,
Provincia de Buenos Aires, jurisdicción de la Dirección Aduanas Metropolitanas
I, para la realización de operaciones aduaneras de descarga de Gas Natural
Licuado (GNL).
ARTICULO 2° — Regístrese.
Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su
publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.
Tomen conocimiento la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS y la Dirección Aduanas
Metropolitanas I. Cumplido, remítase al Departamento Aduana de Buenos Aires
Norte a sus efectos. — Lic. JAVIER ZABALJAUREGUI, Subdirector General de la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.