Comunicado 50745
Agilización de
operaciones de exportaciones y de cambios
Buenos Aires, 5 de Mayo de
2016.
El Banco Central elevó el
límite mensual de compra de dólares de 2 a 5 millones En el día de la fecha el
Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) dio pasos
adicionales para facilitar operaciones con el exterior y las transacciones cambiarias.
Las medidas adoptadas hoy son las siguientes:
· Se eleva de 2 a 5
millones de dólares el límite mensual máximo de compra de divisas para la
formación de activos externos. Esta medida es uno de los pasos finales en la
remoción de las restricciones cambiarias heredadas, siguiendo el camino
iniciado con la liberación del cepo y la reciente eliminación del cronograma de
pago para deudas por importaciones.
· Para el cobro del
exterior por exportaciones u otros conceptos por un valor de hasta 100.000 dólares
mensuales ya no se exigirá una declaración jurada previa a la recepción de
fondos, sino que éstos podrán acreditarse directamente a la cuenta del receptor
por un concepto genérico. Quienes decidan optar por esta modalidad tendrán que
solicitar el alta de este sistema en su banco. Este régimen simplificado
agiliza la operación a aproximadamente un 50% de los receptores de pagos en
moneda extranjera.
· Los bancos estarán
obligados a procesar operaciones de canje desde cuentas del exterior, es decir,
la transferencia desde una cuenta en moneda extranjera fuera del país a otra en
moneda extranjera dentro del país, y no podrán computar una operación de
compra-venta de cambio por este tipo de operaciones. Estas operaciones ya
estaban habilitadas; la modificación introducida hoy obliga a las entidades a
que el monto acreditado en la cuenta local deberá ser igual al monto debitado
en la cuenta extranjera. Si existiera una comisión por esta operación deberá
ser consignada por separado, además de estar publicada en la página de
homebanking del banco.
· Para compras con
tarjetas de débito en el exterior, los bancos deberán dar al cliente la
posibilidad de definir qué cuenta se debitará, si la cuenta en pesos o la
cuenta en moneda extranjera, de modo de evitar operaciones de cambio no
deseadas. Cuando el cliente tenga ambos tipos de cuenta y no haya realizado una
opción, se debitará por defecto de la cuenta en moneda extranjera, lo que en
algunos casos evitará la operación de cambio.
La actual administración
del BCRA ratifica con estas medidas su convicción de que facilitando las
operaciones de moneda extranjera contribuye al fomento del comercio exterior y
la producción en el país.
Buenos Aires, 5 de mayo de
2016.