Detalle de la norma RE-165-2016-MA
Resolución Nro. 165 Ministerio de Agroindustria
Organismo Ministerio de Agroindustria
Año 2016
Asunto Dase por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Santa Fe.
Boletín Oficial
Fecha: 05/05/2016
Detalle de la norma

Resolución 165/2016

 

Dase por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Santa Fe.

 

Bs. As., 04/05/2016

 

VISTO el Expediente N° S05:0017162/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.509 y su Decreto Reglamentario N° 1.712 del 10 de noviembre de 2009, la Resolución N° 58 del 16 de marzo de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el Acta de la reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 27 de abril de 2016, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Provincia de SANTA FE, a los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509 presentó a la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS en la reunión del 27 de abril de 2016, el Decreto N° 807 del 19 de abril de 2016 que declaró desde el 1 de mayo de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016 en: 1) zona de desastre a los siguientes distritos: Florencia, Las Toscas, Villa Ocampo, Avellaneda y Reconquista del Departamento General Obligado; Saladero Cabal, Helvecia, Cayastá, Colonia San Joaquín, Colonia Mascías, El Laurel, Campo del Medio, Los Cerrillos y Santa Rosa de Calchines del Departamento Garay; Arroyo Leyes, San José del Rincón y Sauce Viejo del Departamento La Capital; Desvió Arijón, Coronda, Arocena, Barrancas, San Fabián, Puerto Aragón, Monje y Puerto Gaboto del Departamento San Jerónimo; Maciel, Oliveros, Timbúes, Pueblo Andino, Carcarañá, San Lorenzo y Capitán Bermúdez del Departamento San Lorenzo; Granadero Baigorria, Villa Gobernador Gálvez, Pueblo Esther, Alvear, Arroyo Seco, Fighiera del Departamento Rosario; Pavón, Empalme Villa Constitución y Theobald del Departamento Constitución; San José de la Esquina del Departamento Caseros y Villa Cañas, Melincué y Santa Isabel del Departamento General López; y 2) emergencia y/o desastre agropecuario a los distritos de los Departamentos General Obligado, San Javier, Garay, La Capital, San Jerónimo, San Lorenzo, Rosario, Constitución, Caseros y General López que no están comprendidos en el primer apartado, así como a la totalidad de los distritos de los Departamentos Belgrano, Castellanos, Iriondo, Las Colonias, San Cristóbal, San Justo, San Martín y Vera.

 

Que luego de analizar exhaustivamente el agravamiento de la situación extraordinaria que atraviesa la Provincia de SANTA FE y deliberar con relación a la presentación provincial y los informes técnicos obrantes en las actuaciones, la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS recomendó que se declare el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para todas las actividades agropecuarias afectadas por los excesos de precipitaciones, anegamientos temporarios y desbordes de arroyos y cursos de agua, en todo el territorio provincial, con excepción del Departamento 9 de Julio, desde el 1° de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016.

 

Que la citada Comisión estableció el 31 de diciembre de 2016 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las zonas en emergencia y/o desastre agropecuario, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

 

Que por lo expuesto se torna procedente dejar sin efecto la Resolución N° 58 del 16 de marzo de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO

DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

 

Artículo 1° — A los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509: Dáse por declarado en la Provincia de SANTA FE el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, para todas las actividades agropecuarias afectadas por los excesos de precipitaciones, anegamientos temporarios y desbordes de arroyos y cursos de agua en todo el territorio provincial, con excepción del Departamento 9 de Julio.

 

Art. 2° — Determínase el 31 de diciembre de 2016 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias, afectadas de las zonas en emergencia y/o desastre agropecuario, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

 

Art. 3° — A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509, conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.

 

El Gobierno Provincial remitirá a la SECRETARÍA TÉCNICA EJECUTIVA de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por autoridad competente de cada provincia.

 

Art. 4° — Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509.

 

Art. 5° — Derógase la Resolución N° 58 del 16 de marzo de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

 

Art. 6° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

 

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Buryaile.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona LE-26509-2009-PLN Dase por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Santa Fe.