Resolución General
3863
Impuesto al Valor
Agregado. Régimen de retención. Nómina de sujetos comprendidos. Resolución
General Nº 2.854 y sus modificaciones. Norma modificatoria.
Bs. As., 13/04/2016
VISTO la Resolución
General N° 2.854 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada
norma se estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado
aplicable a las operaciones que, por su naturaleza, dan lugar al crédito
fiscal.
Que de acuerdo con lo
dispuesto en el Artículo 3° de la referida norma, corresponde informar las
exclusiones de los responsables oportunamente designados como agentes de
retención.
Que han tomado la
intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones
Generales de Asuntos Jurídicos, de Operaciones Impositivas del Interior y de
Fiscalización, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618
del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Modificase
el Anexo I de la Resolución General N° 2.854 y sus modificaciones, en la forma
que se detalla seguidamente:
- Elimínase al
contribuyente que se indica a continuación:
“30-54583690-0
ELECTRICIDAD DE MISIONES SA”
Art. 2° — Modificase el
Anexo II de la Resolución General N° 2.854 y sus modificaciones, en la forma
que se detalla seguidamente:
- Elimínase al
contribuyente que se indica a continuación:
“30-50350599-8 COOPERATIVA
AGRICOLA LTDA DE PICADA LIBERTAD”
Art. 3° — Lo establecido
en los artículos anteriores tendrá efectos a partir del día 1 de mayo de 2016,
inclusive.
Art. 4° — Regístrese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Alberto Abad.