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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decisión Nº 14 |
15/12/1997 |
Fecha: |
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Dependencia: |
DC-14-1997-CMC |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
PROYECTO
DE ENTENDIMIENTO DE COOPERACION EN MATERIA DE COMERCIO E INVERSIONES ENTRE
MERCOSUR Y CANADA |
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VISTO: el Tratado de Asunción y los artículos 8, 14 y 34 del
Protocolo de Ouro Preto y
la Resolución Nº
80/97 del Grupo Mercado Común. |
CONSIDERANDO: el interés del MERCOSUR de firmar un Entendimiento de Cooperación en
Materia de Comercio e Inversiones con el Canadá en ocasión de la visita del
Primer Ministro de Canadá a países del Cono Sur, en enero próximo, |
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DECIDE: |
Art. 1º - Aprobar el proyecto de Entendimiento de Cooperación en Materia de Comercio e
Inversiones entre MERCOSUR y Canadá, que figura como Anexo y forma parte de
la presente Decisión. |
Art. 2º - Delegar en el Grupo Mercado Común la facultad de ajustar, si es necesario, la
forma final del texto del proyecto, en consulta con las autoridades del
Gobierno de Canadá. |
XIII CMC - Montevideo, 15/XII/97 |
8 |
ANEXO |
El Gobierno
de Canadá y el Consejo del Mercado Común (en representación del Mercosur), en adelante denominadas “las Partes”; |
Deseosos de fomentar los
lazos de amistad y cooperación que existen desde hace mucho entre Canadá y Mercosur; |
Conscientes de la
importancia que conceden al fortalecimiento de las relaciones comerciales y
económicas en el Hemisferio Occidental; |
Reafirmando su
resolución de concluir la negociación del Area de
Libre Comercio de las Américas a más tardar en el año
2005; |
Tomando
como base su firme compromiso con
la Organización Mundial
del Comercio y su cooperación en el Grupo de Cairns; |
Declarando su
intención de establecer un marco bilateral para la expansión y la
diversificación del comercio y las inversiones entre Canadá y Mercosur; |
Deseosos de explorar
oportunidades de fortalecer la cooperación bilateral en otros campos y
actividades; |
Han
llegado al siguiente entendimiento: |
1. Objetivos |
Las Partes procurarán: |
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(a) promover las relaciones
económicas entre Canadá y Mercosur, en particular
las concernientes al comercio de bienes y servicios, así como las
inversiones; |
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(b) fortalecer su
cooperación con vistas a la liberalización del comercio entre las Partes
identificando las medidas que impidan o distorsionen los flujos de comercio y
de inversión entre Canadá y Mercosur; |
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(c) facilitar una
creciente participación del sector privado, en particular de las empresas
pequeñas y medianas, en el comercio y la cooperación comercial entre Canadá y Mercosur; |
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(d) aumentar la
comprensión mutua de sus respectivas posiciones en las negociaciones del Area de Libre Comercio de las Américas;
y |
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(e) promover mayor
coordinación y consultas en
la Organización Mundial
del Comercio y en el Grupo de Cairns. |
2. Expansión del comercio y
las inversiones |
1.- Las Partes se esforzarán por crear las condiciones
más favorables conducentes a la expansión del comercio de bienes y servicios
entre ellas, así como de las inversiones, de acuerdo con el Plan de Acción
anexo. |
2.- Las Partes examinarán todas las cuestiones planteadas en el Plan
de Acción que influyen sobe las relaciones económicas bilaterales o sus
respectivos intereses con respecto al comercio y las inversiones en terceros
países, incluidas las cuestiones multilatelares y
plurilaterales de interés común que se planteen en los foros correspondientes. |
3.-
A fin de estimular la expansión del comercio y la inversión entre los
sectores privados de Canadá y MERCOSUR las Partes, en particular, propiciarán
intercambios periódicos de información sobre oportunidades de comercio e
inversión y otras iniciativas de promoción, incluyendo contactos a nivel
empresarial, de acuerdo con el Plan de Acción que se anexa. |
3. Grupo Consultivo y
Consejo Asesor |
1.- Las Partes
establecen el Grupo Consultivo sobre Comercio e Inversiones (que en lo adelante
se denominará Grupo Consultivo), presidido por representantes de las Partes
de alto rango responsables del comercio internacional, o sus alternos.
En el caso del MERCOSUR, los representantes responsables son los
Coordinadores del Grupo Mercado Común. El Grupo Consultivo podrá
incluir otros representantes de alto rango o sus alternos como se decida
periódicamente de común acuerdo. |
2.-
El Grupo Consultivo se reunirá periódicamente, celebrando una reunión
ordinaria una vez al año, a fin de examinar y dirigir el progreso con
relación al Plan de Acción. Se realizarán reuniones extraordinarias a
solicitud de cualquiera de las Partes. Las reuniones del Grupo
Consultivo tendrán lugar en forma alternada en Canadá y en el MERCOSUR, o en otro
lugar acordado a solicitud de cualquiera de las Partes. Las sesiones del
Grupo Consultivo estarán presididas por el país anfitrión. |
3.- Las Partes establecerán un Consejo Asesor de representantes
empresariales con el fin de asesorarlo en áreas de interés particular para el
sector privado. |
4:
Cláusulas finales |
1.-
Nada de lo contenido en este Entendimiento afecta los respectivos derechos y
obligaciones que una de las Partes pudiera tener con respecto a la otra en virtud
de Acuerdos, Convenios u otros instrumentos de los que puedan ser
signatarios, tanto individual como colectivamente. |
2.-
Este Entendimiento puede ser modificado si ambas Partes dan su asentimiento
por escrito. |
3.-
El Entendimiento entrará en vigor en la fecha de su firma y continuará en
vigor a menos que sea denunciado por cualquiera de las Partes, 180 días
después de haber notificado por escrito a la otra Parte. |
Hecho en cuatro originales en ............................................, el
...............................Los Textos en español, francés, inglés y
portugués de este Entendimiento son igualmente auténticos. |
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Por el Gobierno de Canadá |
Por el Consejo del Mercado
Común |
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ENTENDIMIENTO
DE COOPERACION EN MATERIA DE COMERCIO E INVERSIONES |
Entre
Canadá y Mercosur |
Plan
de Acción |
1. Este Plan de Acción constituye una parte integral del
Entendimiento de Cooperación en materia de Comercio e Inversiones entre
Canadá y Mercosur firmado en
....................... el .................... . |
2. El Plan de
Acción, de conformidad con los objetivos de ese Entendimiento, incluirá los siguientes
temas de interés prioritario: |
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a) Expansión del
comercio y fortalecimiento de la cooperación económica |
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· identificación y
análisis de factores y medidas, incluídos los de terceros
países, que repercuten sobre el comercio bilateral y las inversiones; |
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· definición de opciones y
acciones apropiadas con el fin de promover el acceso al mercado de bienes y
servicios; |
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· negociación de
Acuerdos de Protección de
la Inversión Extranjera entre Canadá y los países
integrantes del Mercosur; |
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· elaboración de
Entendimientos de Cooperación Aduanera y de Asistencia Mutua; |
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· elaboración de entendimientos
de cooperación en los campos del empleo y del medio ambiente, teniendo en
cuenta las discusiones pertinentes en
la Organización Mundial
de Comercio y en
la Organización Internacional del Trabajo, con
vistas a promover la participación de la sociedad civil de ambas Partes en
las relaciones bilaterales de comercio y de inversiones; |
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· diálogo sobre
reformas de los reglamentos y desarrollo de reconocimento mutuo de los procedimientos de evaluación de la conformidad en sectores
específicos; |
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· consultas y, cuando
resulte apropiado, coordinación en la negociación e implementación del Area de Libre Comercio de las Américas; |
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· consultas en áreas de
interés mutuo en el Grupo de Cairns; y |
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· cooperación en
la Organización
Mundial de Comercio y otros foros apropiados en lo que
concierne a cualquier cuestión de interés común. |
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b)
Promoción del comercio y de las inversiones |
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· intercambio de información
sobre comercio internacional y sobre oportunidades comerciales en todos los
sectores de la economía; |
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· promoción de la
participación de las pequeñas y medianas empresas en el comercio y la
cooperación bilateral; |
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· promoción de misiones
comerciales, ferias comerciales, iniciativas de operaciones estratégicas,
simposios, conferencias y presentaciones técnicas; |
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· impulso a los esfuerzos
del sector privado de ambas Partes en mercados de terceros países; |
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· promoción de
sociedades mixtas en el campo de las tecnologías ambientales; y |
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· cooperación entre instituciones oficiales responsables de la promoción del comercio y de
las inversiones. |
3. Este
Plan de Acción será reexaminado periódicamente y objeto de revisión por el
Grupo Consultivo, según proceda. |
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