Detalle de la norma RE-129-2016-MA
Resolución Nro. 129 Ministerio de Agroindustria
Organismo Ministerio de Agroindustria
Año 2016
Asunto Apruébanse los montos arancelarios que por retribución percibe
Boletín Oficial
Fecha: 08/04/2016
Detalle de la norma

Resolución  129/2016

 

Apruébase la excepción en el pago del arancel establecido en el Anexo III de la Resolución N° 289 del 16 de mayo de 2014, modificada por su similar N° 698 del 7 de octubre de 2014, ambas del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, correspondiente al Código N° 004040 (ARANCEL ANUAL POR REINSCRIPCIÓN RESOLUCIÓN EX-SAGPyA N° 159/2008), a la Administración Portuaria del Puerto de Comodoro Rivadavia de la Provincia del CHUBUT.

 

Buenos Aires, 04 de Abril de 2016.

 

VISTO el Expediente N° S05:0043106/2014 del Registro del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 289 del 16 de mayo de 2014, modificada por su similar N° 698 del 7 de octubre de 2014, ambas del referido ex-Ministerio y 215 del 19 de mayo de 2014 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del citado ex-Ministerio, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el expediente mencionado en el Visto, la Administración Portuaria del Puerto de Comodoro Rivadavia de la Provincia del CHUBUT, solicita la excepción en el pago del arancel establecido en el Anexo III de la Resolución N° 289 del 16 de mayo de 2014 modificada por su similar N° 698 del 7 de octubre de 2014, ambas del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, correspondiente al Código N° 004040 (ARANCEL ANUAL POR REINSCRIPCIÓN RESOLUCIÓN EX-SAGPyA N° 159/2008), cuya constancia de pago es exigida por la Resolución N° 215 del 19 de mayo de 2014 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del citado ex-Ministerio, a los efectos de la renovación de su inscripción en el Registro de Terminales de Carga que lleva ese Organismo.

 

Que dicha solicitud se sustenta en su carácter de ente público dependiente del Estado Provincial.

 

Que la Dirección de Centro Regional Patagonia Sur y la Unidad Presidencia del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, han evaluado la posibilidad de excepción solicitada y se han expedido favorablemente.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

 

Que el suscripto es competente para resolver en la presente instancia de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus modificaciones.

 

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Apruébase la excepción en el pago del arancel establecido en el Anexo III de la Resolución N° 289 del 16 de mayo de 2014, modificada por su similar N° 698 del 7 de octubre de 2014, ambas del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, correspondiente al Código N° 004040 (ARANCEL ANUAL POR REINSCRIPCIÓN RESOLUCIÓN EX-SAGPyA N° 159/2008), a la Administración Portuaria del Puerto de Comodoro Rivadavia de la Provincia del CHUBUT.

 

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cdor. RICARDO BURYAILE, Ministro de Agroindustria.

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