Resolución 80/2016
Apruébase la
excepción de pago de los aranceles previstos en el Anexo I de la Resolución
289/2014
Bs. As., 31/03/2016
VISTO el Expediente N°
S05:0072084/2015 del Registro del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA
Y PESCA, la Resolución N° 289 del 16 de mayo de 2014, modificada por su similar
N° 698 del 7 de octubre de 2014, ambas del citado ex-Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente
mencionado en el Visto, la Dirección de Remonta y Veterinaria del EJÉRCITO
ARGENTINO, solicita la excepción del pago del arancel previsto en el Anexo I de
la Resolución N° 289 del 16 de mayo de 2014, modificada por su similar N° 698
del 7 de octubre de 2014, ambas del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, correspondiente al Código 07003: “TRANSPORTE DE GANADO -
HABILITACIÓN, INSPECCIÓN, INGRESO Y RENOVACIÓN ANUAL EN EL REGISTRO NACIONAL DE
TRANSPORTE - PARA SEMIRREMOLQUE, CAMIÓN, ACOPLADO Y EMBARCACIONES (CATEGORÍA
A)”.
Que tal solicitud se funda
en la necesidad de contar con las habilitaciones para poder efectuar el
transporte de ganado perteneciente al EJÉRCITO ARGENTINO dentro del territorio
nacional.
Que la Dirección Nacional
Técnica y Administrativa y la Dirección Nacional de Sanidad Animal, del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA han evaluado la
posibilidad de excepción y se han expedido favorablemente.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha tomado la intervención
que le compete.
Que el suscripto es
competente para resolver en la presente instancia de acuerdo a las facultades
conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y
sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO
DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la
excepción de pago de los aranceles previstos en el Anexo I de la Resolución N°
289 del 16 de mayo de 2014, modificada por su similar N° 698 del 7 de octubre
de 2014, ambas del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
correspondiente al Código 07003: “TRANSPORTE DE GANADO - HABILITACIÓN,
INSPECCIÓN, INGRESO Y RENOVACIÓN ANUAL EN EL REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE -
PARA SEMIRREMOLQUE, CAMIÓN, ACOPLADO Y EMBARCACIONES (CATEGORÍA A)”, a la
Dirección de Remonta y Veterinaria del EJÉRCITO ARGENTINO.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Cdor. RICARDO BURYAILE, Ministro de Agroindustria.