Acordada AA
2612/2016
Declarar inhábil a
los efectos procesales, el día 16 de marzo del corriente año, sin perjuicio de
la validez de los actos procesales que se hayan cumplido en dicha fecha.
En la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, a los 16 días del mes de marzo de dos mil dieciséis, siendo las
catorce horas, se reúnen los Vocales miembros del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN,
cuyas firmas obran al pie de la presente, con la presidencia del acto del Dr.
Ricardo Xavier BASALDÚA, vicepresidente en ejercicio de la presidencia, a fin
de considerar la declaración de inhábil a los efectos procesales, el día 16 de
marzo del corriente año, en tanto que por motivos de seguridad la policía cerró
las puertas de acceso al edificio en la franja horaria; comprendida entre las
12:40 y 14:30 horas, lapso en el que atienden al público las Mesas de Entradas
del organismo, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se hayan
cumplido en dicha fecha. Por ello, los señores Vocales
ACORDARON:
ARTÍCULO 1° — Declarar
inhábil a los efectos procesales, el día 16 de marzo del corriente año, sin
perjuicio de la validez de los actos procesales que se hayan cumplido en dicha
fecha.
ARTÍCULO 2° — Regístrese,
hágase saber en los estrados, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Con lo que terminó el acto
siendo las catorce y quince horas.
RICARDO XAVIER BASALDÚA,
Vicepresidente. — CORA MARCELA MUSSO, Vocal. — CLAUDIA BEATRIZ SARQUIS, Vocal.
— EDITH VIVIANA GÓMEZ, Vocal. — JOSÉ LUIS PÉREZ, Vocal. — HORACIO JOAQUÍN
SEGURA, Vocal. — PABLO ADRIÁN GARBARINO, Vocal. — IGNACIO JOSUÉ BUITRAGO,
Vocal. — CHRISTIAN M. GONZÁLEZ PALAZZO, Vocal.