Resolución 16/2016
Prorrógase el
contrato de cesión temporal y renuévase el derecho de uso sin exclusividad del
sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés
“ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” a la Empresa ENDIVIAS BELGRANO SOCIEDAD
ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-69836754-3), Registro de Establecimientos de Productos
Alimenticios N° 02-033495, ubicada en la Ruta N° 29 km 77,5 de la Localidad de
General Belgrano, Provincia de BUENOS AIRES, para el producto “ENDIVIAS
ARGENTINAS”, marca “FLAMINGO” con Certificado de Inscripción de producto
alimenticio N° 02-528643, expedido por la Dirección del Laboratorio Central de
Salud Pública del MINISTERIO DE SALUD de la Provincia de BUENOS AIRES.
Buenos Aires, 23 de Marzo
de 2016.
VISTO el Expediente N°
S05:0052645/2015 del Registro del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA
Y PESCA, la Ley N° 26.967, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de
2005 y 477 de fecha 11 de noviembre de 2008, ambas de la ex- SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN,
y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.967,
se creó el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en
idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, en el ámbito de la SECRETARÍA
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA.
Que en virtud de la
mencionada ley, se concede a los solicitantes el derecho de uso sin
exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión
en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” por el plazo de DOS (2) años
contados desde la fecha de publicación de cada acto administrativo,
exclusivamente para diferenciar aquellos productos que en cada caso se
establece.
Que de conformidad con lo
establecido por dicha ley y la Resolución Nro. 392 de fecha 19 de mayo de 2005,
de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, las renovaciones sucesivas del derecho de
uso de dicho Sello serán en idéntico carácter y por igual período de tiempo.
Que la Empresa ENDIVIAS
BELGRANO SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-69836754-3), en su carácter de
cesionaria ha solicitado la renovación del derecho de uso sin exclusividad del
Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés
“ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” para el producto “ENDIVIAS ARGENTINAS”, para
la marca “FLAMINGO”.
Que el solicitante ha
cumplimentado con todos los recaudos y condiciones generales y particulares
requeridas por la citada Ley N° 26.967 y por la mencionada Resolución Nro.
392/05 para la renovación del derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS
UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL
CHOICE”.
Que debido a las
directivas impartidas por el Gobierno Nacional en materia de contención del
gasto público, la presente medida no implicará costo fiscal alguno.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención
que le compete.
Que el suscripto es
competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades
conferidas por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGREGADO
DE VALOR
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Prorrógase
el contrato de cesión temporal y renuévase el derecho de uso sin exclusividad
del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma
inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” a la Empresa ENDIVIAS BELGRANO SOCIEDAD
ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-69836754-3), Registro de Establecimientos de Productos
Alimenticios N° 02-033495, ubicada en la Ruta N° 29 km 77,5 de la Localidad de
General Belgrano, Provincia de BUENOS AIRES, para el producto “ENDIVIAS
ARGENTINAS”, marca “FLAMINGO” con Certificado de Inscripción de producto
alimenticio N° 02-528643, expedido por la Dirección del Laboratorio Central de
Salud Pública del MINISTERIO DE SALUD de la Provincia de BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 2° — La
renovación del derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN
NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” se
acuerda por el plazo de DOS (2) años contados a partir de la fecha de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial, debiendo cada
cesionario cumplimentar durante la vigencia del derecho de uso del referido
Sello con todos los recaudos, requisitos, obligaciones y condiciones generales
y particulares exigidos en la Ley N° 26.967 y en la Resolución Nro. 392 de
fecha 19 de mayo de 2005, de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
NESTOR E. ROULET, Secretario de Agregado de Valor, Ministerio de Agroindustria
de la Nación.