Acordada 9/2016
Se aprueba el uso
de la firma digital en el ámbito de la Secretaria General de Administración de
la Corte Suprema de Justicia de la Nación
Buenos Aires, 29 de Marzo
de 2016.
En Buenos Aires, a los 29
días del mes de marzo del año 2016, los señores Ministros que suscriben la
presente,
CONSIDERARON:
I. Que dentro del proceso
de cambio y modernización en la prestación del servicio de justicia, que la
Corte Suprema de Justicia de la Nación viene desarrollando en el marco del
programa de fortalecimiento institucional del Poder Judicial de la Nación, en uso
de las facultades que le otorga la Constitución Nacional y en razón de lo
dispuesto por las leyes n° 25.506, 26.685 y 26.856 este Tribunal ha procedido a
reglamentar distintos aspectos vinculados al uso de tecnologías electrónicas y
digitales, y en consecuencia dispuso su gradual implementación en el ámbito del
Poder Judicial de la Nación a partir de la puesta marcha de distintos proyectos
de informatización y digitalización.
II. Que en el marco de los
principios universales del Desarrollo Sustentable contenidos en la Declaración
de Río de Janeiro de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo y receptados por
nuestra Constitución Nacional en su art. 41, por la Ley General del Ambiente,
Ley n° 25.675, y que vienen siendo implementados por este Tribunal (acordadas
35/11, 38/11, entre otras), resulta prioritario implementar medidas de acción
que permitan cooperar en este aspecto.
Que a fin de continuar con
esta política, se adoptara esta medida que racionaliza el uso del papel y
redunda a su vez en un mejor aprovechamiento del espacio físico.
III. Que la implementación
de los distintos Sistemas de Gestión en las dependencias del Poder Judicial de
la Nación, permite la integración de las actuaciones por tecnología digital
sustituyendo los medios de uso convencional para la realización de las
actividades vinculadas a las actuaciones que aquí se tramitan.
IV. Que en el marco de
este plan de modernización y, teniendo en cuenta el convenio firmado con la
Oficina Nacional de Tecnología de la Información (ONTI), el 2 de septiembre de
2011, corresponde disponer la utilización de la firma digital en los trámites
administrativos vinculados a las resoluciones de la Secretaría General de
Administración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
V. Que ello se realizará progresivamente
en las distintas dependencias de dicha Secretaria empleando un procedimiento y
una metodología homogénea y transparente, lo cual permitirá resguardar la
seguridad jurídica de los actos y la sustitución del soporte papel; debiéndose
publicar las disposiciones administrativas firmadas de acuerdo al método
indicado en los sitios web del Tribunal.
VI. Que la presente medida
se dicta en ejercicio de las competencias propias de esta Corte Suprema de
Justicia de la Nación como cabeza de este poder del Estado (art. 108 de la
Constitución Nacional, cuyas atribuciones se encuentran ampliamente
desarrolladas en los antecedentes que cita la acordada 4/2000, considerandos 1
al 7) por cuanto el dictado de sentencias, acordadas y resoluciones resulta un acto
propio del Poder Judicial, en tanto el Tribunal tiene las facultades de dictar
su reglamento interior (art. 113 de la Constitución Nacional).
Por ello,
ACORDARON:
1°) Aprobar el uso de la
firma digital en el ámbito de la Secretaria General de Administración de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación en los actos que rubrique el señor
Secretario General de Administración y los funcionarios que él designe.
2°) Establecer que en
todos los casos en que se aplique la firma digital, no será necesario la utilización
del soporte papel, quedando lo resuelto en soporte electrónico cuyo
almacenamiento y resguardo estará a cargo de la Dirección de Sistemas del
Tribunal.
Todo lo cual dispusieron,
ordenando que se comunique, publique en la página web del Tribunal, en el
Boletín Oficial, en la página del CIJ y se registre en el libro
correspondiente, por ante mí, que doy fe. — Ricardo L. Lorenzetti. — Elena I.
Highton de Nolasco. — Juan C. Maqueda.