Resolución 97/2016
Suspender
transitoriamente la entrada en vigencia de la Resolución N° 38 del 9 de febrero
de 2015 del SERICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por los motivos
expuestos en los considerandos de la presente resolución, hasta que la misma
sea tratada por la Comisión Nacional para la lucha contra la Brucelosis.
Bs. As., 11/03/2016
VISTO el Expediente N°
S05:0066180/2014 del Registro del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA
Y PESCA, Las Leyes Nros. 3959 y 24.696, las Resoluciones Nros. 150 del 6 de
febrero de 2002, 128 del 16 de marzo de 2012, 38 del 9 de febrero de 2015, 96
del 13 de marzo de 2015 y 422 del 10 de septiembre de 2015, todas del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 24.696
se crea la Comisión Nacional para la lucha contra la Brucelosis, estableciendo
que dicha Comisión, en forma conjunta con el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, tiene a su cargo la planificación, seguimiento y
evaluación de los programas de lucha contra la citada enfermedad.
Que el Plan Nacional de
Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina se encuentra en vías de
evaluación para su reformulación y actualización, y corresponde convocar a la
referida Comisión para su tratamiento y revisión de las estrategias sanitarias
que componen el Plan.
Que la Resolución N° 38
del 9 de febrero de 2015, modificatoria de las Resoluciones Nros. 150 del 6 de
febrero de 2002 y 128 del 16 de marzo de 2012, todas del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, establece los requisitos sanitarios en
Brucelosis y Tuberculosis Bovina para los movimientos de bovinos y bubalinos.
Que las Resoluciones Nros.
96 del 13 de marzo de 2015 y 422 del 10 de septiembre de 2015, ambas del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, prorrogaron
consecutivamente la puesta en vigencia de la citada Resolución N° 38/15 por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días corridos debido a razonas climáticas.
Que en vistas de reunirse
la citada Comisión Nacional resulta necesario poner en consideración las
medidas que se implementan en los planes y revaluar las condiciones de su
implementación, dadas las situaciones climáticas presentadas y de coyuntura
actual para realizar las adecuaciones necesarias.
Que la Dirección de
Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es
competente para resolver en esta instancia de conformidad con las facultades
conferidas por el Artículo 8°, inciso f) del Decreto N° 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Suspender
transitoriamente la entrada en vigencia de la Resolución N° 38 del 9 de febrero
de 2015 del SERICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por los
motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución, hasta que la
misma sea tratada por la Comisión Nacional para la lucha contra la Brucelosis.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese,
publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Méd. Vet. JORGE DILLON, Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria.