Disposición 1/2016
Determínanse los
volúmenes en toneladas de cada Cuota Individual Transferible de Captura (CITC)
de la especie merluza común (Merluccius hubbsi) correspondientes al año 2016
conforme lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 23 de fecha 12 de noviembre de
2009, 29 y 30 ambas de fecha 16 de diciembre de 2009, y 13 de fecha 3 de
diciembre de 2015, todas ellas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por las cantidades
especificadas en cada caso, para los buques que se detallan en el Anexo I que
forma parte integrante de la presente disposición.
Bs. As., 03/03/2016
VISTO el Expediente N°
S05:0075749/2015 del Registro del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución
N° 1 de fecha 24 de enero de 2013 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se resolvió
dejar sin efecto las Resoluciones Nros. 10 de fecha 27 de mayo de 2009, 24 de
fecha 12 de noviembre de 2009, 10 de fecha 25 de agosto de 2011, 11 de fecha 9
de agosto de 2012 y 19 de fecha 25 de octubre de 2012, todas del CONSEJO
FEDERAL PESQUERO.
Que por la citada
Resolución N° 1/13 se aprobó el texto ordenado y corregido del Régimen General
de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC).
Que mediante la Resolución
N° 23 de fecha 12 de noviembre de 2009 de dicho Consejo, se estableció el
régimen específico de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) de la
especie merluza común (Merluccius hubbsi) para el stock Sur del Paralelo 41° de
Latitud Sur.
Que por el Artículo 12 de
la citada Resolución N° 23/09 se previó que la Autoridad de Aplicación, a
través de la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera de la SUBSECRETARÍA DE
PESCA Y ACUICULTURA dependiente de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA calcule anualmente los
volúmenes de cada Cuota Individual Transferible de Captura (CITC), entre otros,
sobre la base de la Captura Máxima Permisible.
Que mediante la Resolución
N° 29 de fecha 16 de diciembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se procedió
a la asignación de las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) del
Fondo de Reasignación del stock Sur del Paralelo 41° de Latitud Sur de la
citada especie y de la Provisión Administrativa.
Que por la misma norma el
mencionado Consejo ordenó a la Autoridad de Aplicación efectuar el cálculo de
la Cuota Individual Transferible de Captura (CITC) para el efectivo Sur sumando
las asignaciones contenidas en su Anexo I a las contenidas en el Anexo I de la
mencionada Resolución N° 23/09.
Que a través de la
Resolución N° 30 de fecha 16 de diciembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO
se procedió a la asignación de Cuotas Individuales Transferibles de Captura
(CITC), en forma parcial, de la Reserva Social de la especie merluza común
(Merluccius hubbsi), conforme el máximo interés social determinado por la
Provincia de BUENOS AIRES.
Que por la misma norma se
establecieron condiciones y obligaciones accesorias a las fijadas por la
aludida Resolución N° 23/09.
Que asimismo, por la
citada Resolución N° 30/09 se estableció que la Autoridad de Aplicación
efectuará el cálculo de la Cuota Individual Transferible de Captura (CITC)
sumando las asignaciones contenidas en su Anexo I a las contenidas en el Anexo
I de la aludida Resolución N° 23/09.
Que la Dirección Nacional
de Coordinación Pesquera, a través de la Disposición N° 1 de fecha 19 de enero
de 2015 realizó la distribución de la especie merluza negra (Dissostichus
eleginoides) para el año 2015.
Que la Dirección Nacional
de Coordinación Pesquera, a través de la Disposición N° 2 de fecha 19 de enero
de 2015 realizó la distribución de las especies merluza común (Merluccius
hubbsi), merluza de cola (Macruronus magellanicus) y polaca (Micromesistius
australis) para el año 2015.
Que el CONSEJO FEDERAL
PESQUERO, a través de la Resolución N° 13 de fecha 3 de diciembre de 2015, ha
establecido la Captura Máxima Permisible para el año 2016 de la especie merluza
común (Merluccius hubbsi) en DOSCIENTOS NOVENTA MIL TONELADAS (290.000 t) para
el efectivo Sur del Paralelo 41° de Latitud Sur y TREINTA MIL TONELADAS (30.000
t) para el efectivo Norte al Norte del Paralelo 41° de Latitud Sur.
Que mediante el Artículo
2° de la Resolución N° 22 de fecha 12 de noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL
PESQUERO se asignaron por el término de QUINCE (15) años, Cuotas Individuales
Transferibles de Captura (CITC) para la especie merluza de cola (Macruronus
magellanicus) sobre el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la Captura Máxima
Permisible (CMP) a los buques que registran historia de captura de la especie
mayor al TRES POR CIENTO (3%) del total de las capturas de la misma especie en
el período establecido en la Ley N° 24.922.
Que por el Artículo 3° de
la Resolución N° 22/09 del mencionado Consejo, se establecieron los porcentajes
requeridos teniendo en cuenta la historia de captura, mano de obra, producción
e inversiones, como así mismo se fijó el porcentaje de detracción por
sanciones.
Que por el Artículo 13 de
la citada Resolución 22/09 se estableció que la Autoridad de Aplicación, a
través de la referida Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, calcule
anualmente, sobre la base de la Captura Máxima Permisible, el volumen en
toneladas de cada Cuota Individual Transferible de Captura (CITC).
Que la Captura Máxima Permisible
para la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus) ha sido fijada en
CIENTO TREINTA MIL TONELADAS (130.000 t) por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO a
través de la referida Resolución N° 13/15.
Que mediante la Resolución
N° 21 de fecha 12 de noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se
asignaron por el término de QUINCE (15) años Cuotas Individuales Transferibles
de Captura (CITC) para la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides) a
los buques que registran historia de captura de la especie mayor al UNO POR
CIENTO (1%) del total de las capturas de la misma especie en el período
establecido en la Ley N° 24.922.
Que el Artículo 8° de la
citada Resolución N° 21/09 estableció que la Autoridad de Aplicación, a través
de la referida Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, calcule anualmente,
sobre la base de la Captura Máxima Permisible, el volumen de cada Cuota
Individual Transferible de Captura (CITC).
Que el CONSEJO FEDERAL
PESQUERO mediante la Resolución N° 13 de fecha 3 de diciembre de 2015 ha fijado
para el primer semestre del año 2016 la Captura Máxima Permisible para la
especie merluza negra (Dissostichus eleginoides) en UN MIL OCHOCIENTAS
CINCUENTA TONELADAS (1.850 t).
Que mediante la Resolución
N° 1/13 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se asignaron por el término de QUINCE (15)
años, Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para la especie
polaca (Micromesistius australis) a los buques que registran historia de
captura de la especie mayor al UNO POR CIENTO (1%) del total de las capturas de
la misma especie en el período establecido en la Ley N° 24.922.
Que mediante el Artículo
3° de la citada Resolución N° 20/09, el mencionado Consejo estableció los
porcentajes requeridos teniendo en cuenta la historia de captura, mano de obra,
producción e inversiones y fijó el porcentaje de detracción por sanciones.
Que por el Artículo 9° de
la citada Resolución N° 20/09 se previó que la Autoridad de Aplicación, a
través de la referida Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, calcule anualmente,
sobre la base de la Captura Máxima Permisible, el volumen de cada Cuota
Individual Transferible de Captura (CITC).
Que la Captura Máxima
Permisible para la especie polaca (Micromesistius australis) ha sido fijada en
TREINTA MIL TONELADAS (30.000 t) por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO a través de la
aludida Resolución N° 13/15.
Que mediante la Resolución
N° 20 de fecha 18 de diciembre de 2014 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se
asignaron por el término de QUINCE (15) años, Cuotas Individuales Transferibles
de Captura (CITC) para la especie vieira patagónica (Zygochlamys patagonica) a
los buques que registran historia de captura de la especie mayor al DOS POR
CIENTO (2%) del total de las capturas de la misma especie en el período
establecido en la Ley N° 24.922.
Que mediante el Artículo
3° de la citada Resolución N° 20/14, el mencionado Consejo estableció los
porcentajes requeridos teniendo en cuenta la historia de captura, mano de obra,
producción e inversiones e inexistencia de sanciones.
Que por el Artículo 9° de
la citada Resolución N° 20/14 se previó que la Autoridad de Aplicación, a
través de la referida Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, calcule
anualmente, sobre la base de la Captura Máxima Permisible, el volumen de cada
Cuota Individual Transferible de Captura (CITC) asignada a cada buque por
Unidad de Manejo.
Que la Captura Máxima
Permisible para la especie vieira patagónica (Zygochlamys patagonica) ha sido
fijada en DIECINUEVE MIL SETECIENTAS CINCUENTA Y TRES TONELADAS (19.753 t) para
la Unidad de Manejo B y SEIS MIL DOSCIENTAS TREINTA Y NUEVE TONELADAS (6.239 t)
para la Unidad de Manejo E por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO a través de la
Resolución N° 10 de fecha 19 de noviembre de 2015.
Que la Captura Máxima
Permisible para la especie vieira patagónica (Zygochlamys patagonica) ha sido
fijada en DOS MIL QUINIENTAS TONELADAS (2.500 t) para la Unidad de Manejo A;
DOS MIL QUINIENTAS TONELADAS (2.500 t) para la Unidad de Manejo H, UN MIL
TONELADAS (1.000 t) para la Unidad de Manejo I, y UN MIL TONELADAS (1.000 t)
para la Unidad de Manejo J, por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO a través de la
Resolución N° 14 de fecha 9 de diciembre de 2015.
Que el CONSEJO FEDERAL
PESQUERO ha establecido por unanimidad instruir a la Autoridad de Aplicación
para que aplique el régimen de extinción por falta de explotación o
transferencias temporarias de conformidad con el citado Régimen General
previsto en la referida Resolución N° 1/13 y los Regímenes específicos
detallados en las citadas Resoluciones Nros. 20/09; 21/09; 22/09 y 23/09, todas
de fecha 12 de noviembre de 2009, Resolución N° 2 de fecha 7 de marzo de 2013 y
Resolución N° 20 de fecha 18 de diciembre de 2014 y su modificatoria, todas del
CONSEJO FEDERAL PESQUERO, a las Cuotas Individuales Transferibles de Captura
(CITC) que han incurrido en las causas de extinción allí previstas.
Que el CONSEJO FEDERAL
PESQUERO mediante Nota CFP N° 416, cuya copia se encuentra agregada al
expediente citado en el Visto a fojas 116, detalló los buques, a los cuales se
les aplicó el Régimen de Extinción de CITC citado en el considerando que
antecede, indicando especie y CITC extinguida.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención
que le compete.
Que la presente medida se
dicta en ejercicio de las facultades establecidas por la Ley N° 24.922 y sus
modificatorias, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios y complementarios y las Resoluciones Nros. 20, 21, 22 y 23 todas
de fecha 12 de noviembre de 2009, 30 de fecha 16 de diciembre de 2009 y 20 de
fecha 18 de diciembre de 2014 todas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE PESCA
Y ACUICULTURA
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Determínanse
los volúmenes en toneladas de cada Cuota Individual Transferible de Captura
(CITC) de la especie merluza común (Merluccius hubbsi) correspondientes al año
2016 conforme lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 23 de fecha 12 de
noviembre de 2009, 29 y 30 ambas de fecha 16 de diciembre de 2009, y 13 de
fecha 3 de diciembre de 2015, todas ellas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por las
cantidades especificadas en cada caso, para los buques que se detallan en el
Anexo I que forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 2° — Determínanse
los volúmenes en toneladas de cada Cuota Individual Transferible de Captura de
la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus) correspondientes al año
2016, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 22 de fecha 12 de noviembre de
2009 y 13 de fecha 3 de diciembre de 2015, ambas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO,
por las cantidades especificadas en cada caso para los buques que se detallan
en el Anexo II que integra la presente disposición.
ARTÍCULO 3° — Determínanse
los volúmenes en toneladas de cada Cuota Individual Transferible de Captura de
la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides) correspondientes al año
2016, conforme lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 21 de fecha 12 de
noviembre de 2009 y 13 de fecha 3 de diciembre de 2015, ambas del CONSEJO
FEDERAL PESQUERO, por las cantidades especificadas en cada caso para los buques
que se detallan en el Anexo III que forma parte integrante de la presente
disposición.
ARTÍCULO 4° — Determínanse
los volúmenes en toneladas de cada Cuota Individual Transferible de Captura de
la especie polaca (Micromesistius australis) correspondientes al año 2016,
conforme lo dispuesto por la Resolución N° 20 de fecha 12 de noviembre de 2009
y 13 de fecha 3 de diciembre de 2015, ambas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por
las cantidades especificadas en cada caso para los buques que se detallan en el
Anexo IV que forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 5° — Determínanse
los volúmenes en toneladas de cada Cuota Individual Transferible de Captura de
la especie vieira patagónica (Zygochlamys patagónica) correspondientes al año
2016, conforme lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 20 de fecha 18 de
diciembre de 2014, 10 de fecha 19 de noviembre de 2015 y 14 de fecha 9 de
diciembre de 2015, todas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por las cantidades
especificadas en cada caso para los buques que se detallan en el Anexo V que
forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Lic. TOMÁS MARTÍN GERPE, Subsecretario de Pesca y Acuicultura, Ministerio de
Agroindustria.
ANEXO I
Especie Merluza Común
(Merluccius hubbsi)
ANEXO II
Especie MERLUZA DE COLA
(Macruronus magellanicus)
ANEXO III
Especie Merluza Negra
(Dissostichus eleginoides)
Primer semestre
ANEXO IV
Especie Polaca
(Micromesistius australis)
ANEXO V
Especie Vieira Patagónica
(Zygochlamys patagonica)