Detalle de la norma RE-2-2016-CFP
Resolución Nro. 2 Consejo Federal Pesquero
Organismo Consejo Federal Pesquero
Año 2016
Asunto Prórroga. Medidas de ordenamiento y administración para la pesquería de centolla.
Boletín Oficial
Fecha: 26/02/2016
Detalle de la norma

Resolución 2/2016

 

Prórroga. Medidas de ordenamiento y administración para la pesquería de centolla.

 

Bs. As., 04/02/2016

 

VISTO la Resolución N° 19 de fecha 13 de noviembre de 2008, la Resolución N° 14 de fecha 14 de noviembre de 2013, y la Resolución N° 16 de fecha 20 de noviembre de 2014, todas del registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 19, de fecha 13 de noviembre de 2008, se establecieron medidas de ordenamiento y administración para la pesquería de centolla (Lithodes santolla) por un plazo máximo de CINCO (5) años contados a partir del dictado de dicha resolución, en la unidad de ordenamiento pesquero comprendida entre los paralelos 44° y 48° de latitud Sur y desde la jurisdicción provincial hasta el borde exterior del margen continental.

 

Que por la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 14, de fecha 14 de noviembre de 2013, se prorrogó por UN (1) año el plazo de vigencia de la resolución antes citada, y se modificaron los artículos 11 y 12 de la misma referidos al uso de trampas.

 

Que por la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 16, de fecha 20 de noviembre de 2014, se prorrogó por UN (1) año más el plazo de vigencia de la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 19, de fecha 13 de noviembre de 2008.

 

Que el INIDEP ha remitido al CONSEJO FEDERAL PESQUERO el Informe Técnico Oficial N° 27/2015: “Propuesta de modificación de las medidas de ordenamiento y administración de la pesquería de centolla del sector patagónico, establecidas mediante la Resolución del Consejo Federal Pesquero (Res. CFP N° 19/08)”.

 

Que resulta conveniente prorrogar el marco normativo actualmente vigente en la pesquería de centolla (Lithodes santolla) hasta que la propuesta sea analizada por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO y se cuente con la opinión y los aportes de la Comisión de Seguimiento de la Pesquería de Crustáceos Bentónicos.

 

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la presente de conformidad con el artículo 9°, incisos a) y f) y el artículo 17 de la Ley N° 24.922.

 

Por ello,

 

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

 

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Prorrógase hasta el día 30 de junio de 2016 la vigencia de la Resolución N° 19 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, de fecha 13 de noviembre de 2008, modificada por las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 14, de fecha 14 de noviembre de 2013, y N° 16, de fecha 20 de noviembre de 2014.

 

ARTICULO 2° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de la fecha.

 

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección del Registro Oficial y archívese. — ALBERTO GILARDINO, Provincia del Chubut. — Lic. RAÚL JORGE BRIDI, Representante Provincia de Río Negro, Consejo Federal Pesquero. — JUAN ANTONIO LOPEZ CAZORLA, Representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Consejo Federal Pesquero. — Dr. CARLOS D. LIBERMAN, Provincia de Santa Cruz. — Lic. MARÍA SILVIA GIANGIOBBE, Representante Suplente de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Consejo Federal Pesquero. — Mtro. REINA Y. J. SOTILLO, Representante Titular, Min. de Relaciones Exteriores y Culto, Consejo Federal Pesquero. — Lic. FRANCISCO H. DI LEVA, Provincia de Buenos Aires. — Lic. TOMAS MARTIN GERPE, Presidente, Consejo Federal Pesquero.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-14-2013-CFP Prórroga. Medidas de ordenamiento y administración para la pesquería de centolla.