Detalle de la norma CO-4550-2006-BCRA
Comunicación Nro. 4550 Banco Central de la República Argentina
Organismo Banco Central de la República Argentina
Año 2006
Asunto Cobros de exportaciones de bienes. Cobros de servicios o liquidación por venta de otras inversiones de portafolio. Pago de deudas comerciales por importaciones
Boletín Oficial
Fecha: 28/08/2006
Detalle de la norma

CO-4550-2006-BCRA

 

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CASAS, AGENCIAS, OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO:

Ref.: Circular

CAMEX 1 - 554

Modificación de la Comunicación "A" 4519

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Nos dirigimos a Uds. a los efectos de comunicarles que se ha dispuesto reemplazar las disposiciones dadas a conocer por la Comunicación “A” 4519, por las siguientes:

 

1) Reemplazar el punto 7 de la Comunicación “A” 3471 por el siguiente:

 

“En el boleto de compra o venta de cambio deberá quedar registrado el número de identificación del cliente que realiza la operación, según el siguiente detalle:

 

a.    Operaciones realizadas a nombre de personas jurídicas residentes; o de entidades financieras locales actuando como custodios de tenencias de no residentes de acuerdo a los procedimientos indicados en la Comunicación “C” 38965, o como apoderados de sus matrices o filiales del exterior de acuerdo a lo indicado en la Comunicación “C” 41003: número de CUIT.

 

b. Operaciones realizadas por personas físicas residentes o por éstas, en calidad de apoderados de personas físicas o jurídicas no residentes: número de CUIT, o en su defecto de CUIL o en su defecto de CDI. Por operaciones que no superen por día y entidad el equivalente de pesos 5.000, también es admisible registrar el número de DNI, o LC o LE.

 

c. Operaciones que realicen las representaciones diplomáticas y consulares, organismos internacionales, misiones especiales, comisiones u órganos bilaterales establecidos por tratados en los cuales la República Argentina es parte, y personal diplomático acreditado en el país, cuando la operación de cambio corresponda a una operación que se realiza en ejercicio de sus funciones en el país: número de CUIT o de pasaporte, según corresponda.

 

d. Operaciones de personas físicas que no sean residentes del país: número de pasaporte o del documento habilitante para el ingreso al país. En estos casos se deberá registrar adicionalmente en el boleto de cambio, la fecha de ingreso al país, y el código del país emisor del documento.

 

e. Operaciones de fondos comunes de inversión: De acuerdo a lo establecido en la Comunicación “A” 4086, a los efectos de la identificación de los fondos comunes de inversión como clientes, se deberá registrar como número de documento, el código asignado al fondo común de inversión por la Comisión Nacional de Valores, antecedido por tantos ceros como sean necesarios para completar los 11 caracteres del campo indicado.”

 

2) En todos los casos en los que se registre en el boleto de cambio un Nº de CUIT, CUIL o CDI, previamente a dar curso a la operación, la entidad autorizada a operar en cambios deberá haber corroborado los datos de identificación del cliente, con -2- los registrados en el Padrón Único de Contribuyentes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (PUCAFIP).

Al respecto, las entidades autorizadas pueden acceder a través de la dirección http://www.afip.gov.ar/mercurio/consultapadron/buscarcontribuyente.aspx- “Consulta Padrón AFIP - Operaciones de Cambio", a una consulta on-line de dicho padrón ó realizar la consulta con la base provista por este Banco Central.

 

Las consultas pueden realizarse a partir de cualquiera de estos datos:

 

§ Por Documento Cívico

§ Por CUIT/CUIL/CDI

Para realizar la consulta on-line deberá ingresar el código de seguridad que se visualiza en la pantalla. La entidad que otorga acceso al mercado de cambios, deberá haber realizado con anterioridad a la operación de cambio, el control de los datos de sus clientes con los del PUCAFIP. La consulta puede realizarse en forma individual o por sistemas cotejando los datos de su base de datos de clientes con los del PUCAFIP debiendo guardar la impresión o archivo que demuestre la consulta o cotejo de datos efectuado.

 

Saludamos a Uds. atentamente.

 

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Jorge L. Rodríguez

Gerente Principal de

Exterior y Cambios

 

Raúl O Planes

Subgerente General

De Operaciones

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
CO-5899-2016-BCRA Deroga Cobros de exportaciones de bienes. Cobros de servicios o liquidación por venta de otras inversiones de portafolio. Pago de deudas comerciales por importaciones