Resolución 2/2016
Asunto:
Habilitación Aduanera Muelle Elevador Centro de Acopio y Embarque Barranqueras
(Ex Junta Nacional de Granos). Aduana de Barranqueras.
Bs. As., 27/01/2016
VISTO el Sigea N°
12246-347-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS,
y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma Fiduciaria del Norte S.A. (CUIT 30-70865297-7),
administradora del Fondo Fiduciario de Inversión y Asistencia a la Producción
Regional, cuyo fiduciante es el Gobierno de la Provincia de Chaco, solicita la
habilitación aduanera del muelle “Elevador Centro de Acopio y Embarque
Barranqueras” que perteneciera a la Ex Junta Nacional de Granos, ubicado a la
altura de la progresiva correspondiente al kilómetro 11,000 sobre la margen
derecha del Riacho Barranqueras, jurisdicción de la Provincia de Chaco.
Que se encuentra
acreditada en las actuaciones que el citado muelle es preexistente, atento
encontrarse habilitado antes de la sanción de la Ley 24.093 y que la
habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley antes citada
tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente de la
Secretaría de Gestión de Transporte del Ministerio de Transporte por expediente
N° S02:0116983/2013 (del Registro del Ministerio del Interior).
Que mediante Nota DNP N°
337-15, la Dirección Nacional de Puertos informa que “...por los antecedentes
técnicos obrantes, se entiende que el puerto cumple con las condiciones mínimas
pero suficientes, para realizar operaciones de comercio exterior...”.
Que en función a los
informes agregados al presente, corresponde autorizar las operaciones aduaneras
que se desarrollen en el citado lugar operativo, en forma provisoria, por el
término de sesenta días.
Que han tomado la
intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición
360/11 (AFIP) y 55/12 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS
METROPOLITANAS
A CARGO DE LA SUBDIRECCIÓN
GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS
DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorícese
la habilitación aduanera del muelle “Elevador Centro de Acopio y Embarque
Barranqueras” que perteneciera a la Ex Junta Nacional de Granos, solicitado por
la firma Fiduciaria del Norte S.A. (CUIT 30-70865297-7), ubicado a la altura de
la progresiva correspondiente al kilómetro 11,000 sobre la margen derecha del
Riacho Barranqueras, jurisdicción de la Provincia de Chaco, por el término de
sesenta días.
ARTICULO 2° — Estipúlese
la vigencia de la presente a partir del día de la fecha.
ARTICULO 3° — Regístrese.
Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera Resistencia. Cumplido, remítase a
la Aduana de Barranqueras a los fines de su conocimiento y reserva por ésa. —
Lic. JAVIER ZABALJAUREGUI, Subdirector General A/C de la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior.