Detalle de la norma RE-50-2015-GMC
Resolución Nro. 50 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2015
Asunto Aprobar los salarios base de los funcionarios de la Secretaría del MERCOSUR
Detalle de la norma

RE/50/2015/GMC

 

 

ESTRUCTURA SALARIAL DE LOS FUNCIONARIOS MERCOSUR

 

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión N° 15/15 del Consejo del Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Funcionarios MERCOSUR percibirán como retribución por sus funciones un salario base, cuyos niveles se encuentran determinados en el Apéndice VI de la Decisión CMC N° 15/15, los cuales serán complementados por un suplemento variable.

 

Que de acuerdo a la Decisión CMC N° 15/15 los salarios base incluidos en el Apéndice VI serán objeto de revisión en un plazo de tres (3) años contados desde su aprobación, o en otro plazo dispuesto por el GMC.

 

Que de acuerdo a lo establecido en la mencionada Decisión los salarios base de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión (ST), del Instituto Social del MERCOSUR (ISM) y del Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos (IPPDDHH) son calculados tomando como referencia los salarios base de los funcionarios de la Secretaría del MERCOSUR (SM), adecuados según el “Sistema de Ajustes por lugar de destino” de Naciones Unidas para la República del Paraguay y la República Argentina.

 

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

 

Art. 1 – Aprobar los salarios base de los funcionarios de la Secretaría del MERCOSUR (SM), del Alto Representante General del MERCOSUR (ARGM), del Instituto Social del MERCOSUR (ISM), de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión (ST), del Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos (IPPDDHH) y de la Unidad Técnica FOCEM (UTF) que constan como Anexo y forma parte de la presente Resolución, los que serán efectivos a partir del 1° de enero de 2016.

 

Art. 2 - Sustituir el Apéndice VI “Estructura Salarial de los Funcionarios MERCOSUR” de la Decisión CMC N° 15/15 “Normas Generales para Funcionarios MERCOSUR”, por el texto que consta en Anexo.

 

Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

 

 

C GMC – Asunción, 25/XI/15

 

ANEXO

 

ESTRUCTURA SALARIAL DE LOS FUNCIONARIOS MERCOSUR

 

El presente Apéndice establece los salarios base, conforme lo previsto en el Capítulo 5 del Título II del presente Anexo, correspondientes a los cargos que integran la estructura organizativa de cada órgano MERCOSUR.

 

SECRETARÍA DEL MERCOSUR (SM)

•        Director – Salario base mensual de US$ 9.635 (nueve mil seiscientos treinta y cinco dólares estadounidenses)

•        Coordinador – Salario base mensual de US$ 6.695 (seis mil seiscientos noventa y cinco dólares estadounidenses)

•        Asesor Técnico – Salario base mensual de US$ 5.070 (cinco mil setenta dólares estadounidenses)

•        Técnico – Salario base mensual de US$ 2.987 (dos mil novecientos ochenta y siete dólares estadounidenses)

•        Asistente Técnico – Salario base mensual de US$ 1.826 (un mil ochocientos veintiséis dólares estadounidenses)

•        Personal de Apoyo – Salario base mensual de US$ 1.074 (un mil setenta y cuatro dólares estadounidenses)

 

UNIDAD TÉCNICA FOCEM (UTF)

•        Coordinador – Ejecutivo (UTF) – Salario base mensual de US$ 8.871 (ocho mil ochocientos setenta y un dólares estadounidenses)

•        Técnicos Senior (UTF) – Salario base mensual de US$ 6.447 (seis mil cuatrocientos cuarenta y siete dólares estadounidenses)

•        Analistas de Proyectos – Salario base mensual de US$ 4.251 (cuatro mil doscientos cincuenta y un dólares estadounidenses)

•        Técnico – Salario base mensual de US$ 2.987 (dos mil novecientos ochenta y siete dólares estadounidenses)

•        Asistente Técnico – Salario base mensual de US$ 1.826 (un mil ochocientos veintiséis dólares estadounidenses)

 

SECRETARÍA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN (ST)

•        Secretario –  Salario base mensual de US$ 7.420 (siete mil cuatrocientos veinte dólares estadounidenses)

•        Técnico – Salario base mensual de US$ 2.858 (dos mil ochocientos cincuenta y ocho dólares estadounidenses)

•        Personal de Apoyo – Salario base mensual de US$ 1.028 (un mil veintiocho dólares estadounidenses)

 

INSTITUTO SOCIAL DEL MERCOSUR (ISM)

•        Director Ejecutivo –  Salario base mensual de US$ 7.420 siete mil cuatrocientos veinte dólares estadounidenses)

•        Jefe de Departamento – Salario base mensual de US$ 4.851 (cuatro mil ochocientos cincuenta y un dólares estadounidenses)

•        Técnico – Salario base mensual de US$ 2.858 (dos mil ochocientos cincuenta y ocho dólares estadounidenses)

•        Personal de Apoyo – Salario base mensual de US$ 1.028 (mil veintiocho dólares estadounidenses)

 

INSTITUTO DE POLÍTICAS PÚBLICAS DE DERECHOS HUMANOS (IPPDDHH)

•        Secretario Ejecutivo –  Salario base mensual de US$ 7.420 (siete mil cuatrocientos veinte dólares estadounidenses)

•        Jefe de Departamento – Salario base mensual de US$ 4.942 (cuatro mil novecientos cuarenta y dos dólares estadounidenses)

•        Asistente Técnico – Salario base mensual de US$ 1.780 (mil setecientos ochenta dólares estadounidenses)

 

ALTO REPRESENTANTE GENERAL DEL MERCOSUR (ARGM)

•        Alto Representante General – Salario base mensual de US$ 13.160 (trece mil ciento sesenta dólares estadounidenses)

 

Gabinete del Alto Representante General del MERCOSUR

•        Jefe de Gabinete – Salario base mensual de US$ 6.695 (seis mil seiscientos noventa y cinco dólares estadounidenses)

•        Asesor Técnico – Salario base mensual de US$ 5.070 (cinco mil setenta dólares estadounidenses)

•        Técnico – Salario base mensual de US$ 2.987  (dos mil novecientos ochenta y siete dólares estadounidenses)

•        Asistente Técnico – Salario base mensual de US$ 1.826 (un mil ochocientos veintiséis dólares estadounidenses)

Unidad de Apoyo a la Participación Social del MERCOSUR (UPS)

•        Coordinador – Salario base mensual de US$ 6.695 (seis mil seiscientos noventa y cinco dólares estadounidenses)

•        Asesor Técnico – Salario base mensual de US$ 5.070 (cinco mil setenta dólares estadounidenses)

•        Técnico – Salario base mensual de US$ 2.987  (dos mil novecientos ochenta y siete dólares estadounidenses)

•        Asistente Técnico – Salario base mensual de US$ 1.826 (un mil ochocientos veintiséis dólares estadounidenses)

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-28-2016-GMC Relaciona Presupuesto del Alto Representante General del MERCOSUR para el ejercicio 2017
RE-29-2016-GMC Relaciona Presupuesto de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión para el Ejercicio 2017
RE-30-2016-GMC Relaciona Presupuesto de la Secretaría del MERCOSUR para el Ejercicio 2017
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica DC-15-2015-CMC Aprobar los salarios base de los funcionarios de la Secretaría del MERCOSUR