DC/58/2015/CMC
DESIGNACIÓN DEL
SECRETARIO DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE
REVISIÓN
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Olivos para la Solución
de Controversias en el MERCOSUR, las Decisiones Nº 37/03, 30/05, 07/07, 36/07 y
30/11 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 66/05 del Grupo Mercado
Común.
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento del
Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el MERCOSUR establece
en su Artículo 35 que el Tribunal Permanente de Revisión contará con una
Secretaría, que estará a cargo de un Secretario, que deberá ser nacional de
cualquiera de los Estados Partes.
Que el mandato del
Secretario del Tribunal tiene una duración de dos (2) años y es ejercido en
forma rotativa siguiendo el orden alfabético de los Estados Partes.
Que la designación del
Secretario del Tribunal es realizada por el Consejo del Mercado Común, a
propuesta del Tribunal Permanente de Revisión, de una terna de candidatos
seleccionada por concurso de antecedentes y méritos, entre los candidatos
propuestos por los Estados Partes para su conformación.
Que el Tribunal Permanente
de Revisión remitió al Consejo de Mercado Común la propuesta correspondiente
conteniendo la terna de candidatos, los cuales cumplen los requisitos habilitantes
para ocupar el cargo.
EL CONSEJO DEL MERCADO
COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Designar al Dr.
Juan Emilio Oviedo como Secretario del Tribunal Permanente de Revisión, por el
plazo de dos (2) años computados a partir del 1 de enero de 2016.
Art. 2 - La Presidencia
Pro Tempore realizará las correspondientes notificaciones.
Art. 3 - Esta Decisión no
necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por
reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XLIX CMC - Asunción,
20/XII/15.