DC/56/2015 /CMC
PLAN DE ACCIÓN PARA
EL FORTALECIMIENTO DEL MERCOSUR COMERCIAL Y ECONÓMICO
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 24/14 y 23/15 del
Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
El compromiso de los
Estados Partes del MERCOSUR con los principios y objetivos establecidos en el
Tratado de Asunción.
Que la Decisión Nº 23/15
del Consejo del Mercado Común instruyó al Grupo Mercado Común a elaborar un
Plan de Acción para el Fortalecimiento del MERCOSUR Comercial y Económico.
Que es necesario
fortalecer los mecanismos existentes para garantizar la libre circulación
intrazona.
EL CONSEJO DEL MERCADO
COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Aprobar el “Plan
de Acción para el Fortalecimiento del MERCOSUR Comercial y Económico”, que
consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.
Art. 2 - Instruir al GMC a
dar cumplimiento efectivo al Plan de Acción referido en el Artículo anterior y
a continuar el análisis de las medidas que apunten al Fortalecimiento del
MERCOSUR Comercial y Económico.
Art. 3 - Esta Decisión no
necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico nacional de los Estados
Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del
MERCOSUR.
XLIX CMC – Asunción,
20/XII/15.
ANEXO
PLAN DE ACCIÓN PARA EL
FORTALECIMIENTO DEL MERCOSUR COMERCIAL Y ECONÓMICO
1. El GMC presentará en la
L Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común propuestas para el
tratamiento de las medidas identificadas por los Estados Partes, en el marco de
la Decisión CMC Nº 23/15.
2. Para el cumplimiento
del presente Plan de Acción, el GMC podrá convocar a un Grupo Ad Hoc, que se
reunirá de forma previa a cada reunión del GMC del primer semestre del 2016.
3. El Grupo Ad Hoc podrá
solicitar, para el desarrollo de sus trabajos, la realización de tareas
conjuntas con los órganos y foros dependientes de la estructura institucional
del MERCOSUR con competencias técnicas específicas en las materias tratadas, de
conformidad a lo establecido en la Decisión CMC Nº 24/14.