Detalle de la norma RE-2-2015-SAGPA
Resolución Nro. 2 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2015
Asunto Prórroga Sistema de Control de Carga para determinadas especies de merluza, polaca, viera, abadejo y rayas
Boletín Oficial
Fecha: 04/01/2016
Detalle de la norma

Resolución  2/2015

 

Prórroga sistema de Control de Carga para determinadas especies de merluza, polaca, viera, abadejo y rayas

 

Buenos Aires, 28 de Diciembre de 2015.

 

VISTO el Expediente N° S05:0077992/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Disposición N° 174 de fecha 14 de octubre de 2015 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y la Disposición N° 197 de fecha 30 de octubre de 2015 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el Artículo 1° de la Disposición N° 174 de fecha 14 de octubre de 2015 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se creó el Sistema de Control de Carga para las especies que figuran en el Anexo I de dicha medida, a los efectos de certificar que dichas especies han sido legalmente capturadas en aguas jurisdiccionales argentinas.

 

Que asimismo, se dispuso que es obligatorio para todos los administrados que requieran exportar dichas especies, solicitar la emisión del Certificado de Control de Carga a la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera de la citada Subsecretaría, mediante nota formal, a fin de ser presentada ante la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), organismo descentralizado en la órbita del ex- MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

 

Que con el objeto de brindar sustentabilidad a los recursos pesqueros, se estableció la necesidad de establecer mecanismos administrativos obligatorios para acreditar la legalidad de su captura.

 

Que asimismo, con el fin de adoptar medidas para el control de carga, se estableció que deberá requerirse a los administrados el cumplimiento de pautas y plazos procedimentales ante la citada Dirección Nacional de Coordinación Pesquera.

 

Que en virtud de que la implementación del Certificado de Control de Carga conlleva la adopción de mecanismos administrativos de control obligatorios, además de la capacitación del personal interviniente que analizará la documentación presentada por los administrados y emitirá los certificados, mediante la Disposición N° 197 de fecha 30 de octubre de 2015 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se prorrogó la entrada en vigencia de la citada Disposición N° 174/15, a partir del 1 de enero de 2016.

 

Que teniendo en cuenta que las áreas administrativas intervinientes aún continúan trabajando en la adopción de los mecanismos de control referidos precedentemente, se estima prudente prorrogar la entrada en vigencia de la citada Disposición SSPyA N° 174/15.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes de la Ley N° 24.922, modificada por su similar N° 25.470 y N° 26.386, del Artículo 1° del Decreto N° 214 de fecha 23 de febrero de 1998, y del Decreto N° 357 de fecha 21 de Febrero de 2002, y sus modificatorios.

 

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Prorrógase por SESENTA (60) días, contados a partir del 1 de enero de 2016, la entrada en vigencia de la Disposición N° 174 de fecha 14 de octubre de 2015 de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, prorrogada por la Disposición N° 197 de fecha 30 de octubre de 2015 de la citada SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA.

 

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. P.A. MBA RICARDO NEGRI, Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Ministerio de Agroindustria.

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