Detalle de la norma RE-19-2015-CTMFM
Resolución Nro. 19 Comisión Tecnica Mixta del Frente Marítimo
Organismo Comisión Tecnica Mixta del Frente Marítimo
Año 2015
Asunto Habilitar para la especie pez palo el total de la reserva administrativa de captura (650 t) 
Boletín Oficial
Fecha: 17/12/2015
Detalle de la norma

Resolución 19/2015

 

Norma estableciendo la habilitación de la reserva administrativa de captura para la especie pez palo, para el año 2015, en el área del Tratado.

 

Colonia, 04/12/2015

 

Visto:

 

El estado del recurso pez palo y la necesidad de adoptar medidas relativas a su conservación y racional explotación en aguas bajo jurisdicción del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

 

Considerando:

 

1) Que el Tratado otorga a la Comisión los cometidos de realizar estudios y coordinar planes y medidas relativas a la conservación y racional explotación de las especies en las aguas de interés común, bajo su jurisdicción.

 

2) Que se encomendó al Grupo Técnico Recursos Costeros la tarea de sugerir una captura biológicamente aceptable para el año en curso, en base a lo cual se estableció, por Resolución N° 5/15, una Captura Total Permisible (CTP) de 6.500 toneladas para el año 2015 y una reserva adicional de hasta el 10% de la referida CTP,

 

3) Que a la fecha los registros de capturas indican que la CTP establecida está próxima a ser alcanzada.

 

4) Que analizada la situación, la Comisión concluye que las condiciones socio - económicas de la pesquería hacen recomendable habilitar la reserva prevista.

 

Atento:

 

A lo establecido en los Artículos 80 y 82 incisos a), c) y d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

 

LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1° — Habilitar para la especie pez palo el total de la reserva administrativa de captura (650 t) prevista en el Art 2°) de la Resolución N° 5/15.

 

ARTÍCULO 2° — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

 

ARTÍCULO 3° — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Doctor NÉSTOR BUSTAMANTE, Delegado a/c Delegación argentina. — Capitán de Navío (R) JULIO SUÁREZ, Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia.