RE-494-2015-SDGOAI
Prórroga
habilitación provisoria zona operativa aduanera Muelle de Fertilizantes y
Graneles. NIDERA S.A. CUIT N° 33506737449 - Departamento Aduana de San Lorenzo.
Bs. As., 02/12/2015
VISTO la Actuación SIGEA
N° 12509-458-2014/28 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma NIDERA S.A. (CUIT N° 33506737449) solicita la prórroga de la
habilitación provisoria del Muelle de Fertilizantes y Graneles de su propiedad,
que fuera otorgada por las Resoluciones N° 149/2015 (SDG OAI) y N° 175/2015
(SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras con fertilizantes, graneles
sólidos y líquidos, ubicado en la margen derecha del Rio Paraná, a la altura de
la progresiva del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON QUINIENTOS (451,500) de
la ruta troncal de navegación, en la localidad de Puerto General San Martin,
Provincia de Santa Fe, en jurisdicción del Departamento Aduana de San Lorenzo.
Que se encuentra
acreditada en la Actuación SIGEA N° 12509-458-2014/1 que la habilitación
definitiva del citado muelle en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la
Secretaría de Transporte por Expediente N° EXP-S02:0109969/2013, como una
ampliación del Decreto N° 710/1998, a través del cual se habilitó oportunamente
el puerto de la firma NIDERA S.A. -San Lorenzo-.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación aduanera
solicitada, con carácter provisorio y hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional
dicte el decreto de ampliación de la habilitación definitiva del puerto y se
delimite la correspondiente zona primaria aduanera.
Que han tomado la
intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición
N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS
DEL INTERIOR
RESUELVE:
Artículo 1.- Prorróguese
la habilitación de la zona operativa aduanera en el Muelle de Fertilizantes y
Graneles de la firma NIDERA S.A. (CUIT N° 33506737449) para realizar
operaciones aduaneras con fertilizantes, graneles sólidos y líquidos, ubicado
en la margen derecha del Rio Paraná, a la altura de la progresiva del km.
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON QUINIENTOS (451,500) de la ruta troncal de
navegación, en la localidad de Puerto General San Martin, Provincia de Santa
Fe, en jurisdicción del Departamento Aduana de San Lorenzo.
Artículo 2.- Establécese
que la citada prórroga tendrá vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional
dicte el decreto de ampliación de la habilitación definitiva del puerto en trato
y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.
Artículo 3.- Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase al Departamento
Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. - Ing. MARIA
CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones
Aduaneras del Interior.