RE-493-2015-SDGOAI
Prórroga
habilitación provisoria zona operativa aduanera Puerto CENTRAL TIMBÚES -
TERMOELECTRICA SAN MARTIN S.A. Departamento Aduana San Lorenzo.
Bs. As., 02/12/2015
VISTO la Actuación SIGEA
N° 12509-159-2009/133 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma TERMOELÉCTRICA JOSÉ DE SAN MARTÍN S.A. (CUIT N°
30-70950877-2), en representación del FIDEICOMISO CENTRAL TERMOELÉCTRICA
TIMBÚES (CUIT N° 30-70959681-7) solicita la prórroga de la habilitación
aduanera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución N° 150/2015 (SDG
OAI), al sólo efecto de efectuar operaciones de descarga de combustibles
líquidos en el sector de atraque del Puerto CENTRAL TIMBÚES, ubicado en la
margen derecha a la altura de la progresiva del Km. CUATROCIENTOS SESENTA Y
CINCO CON SIETE (465,7) del Río Coronda, localidad de Timbúes, Provincia de
Santa Fe, jurisdicción del Departamento Aduana de San Lorenzo.
Que se encuentra
acreditada en la Actuación SIGEA N° 12509-159-2009 que la habilitación definitiva
del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de
Transporte por Expediente N° S01:0140414/2008.
Que han tomado la
intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación aduanera
solicitada, con carácter provisorio y hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional
dicte el decreto de habilitación definitiva del puerto y se delimite la
correspondiente zona primaria aduanera.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición
N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS
DEL INTERIOR
RESUELVE:
Artículo 1.- Prorróguese
la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma
TERMOELÉCTRICA JOSÉ DE SAN MARTÍN S.A. (CUIT N° 30-70950877-2) para realizar
operaciones aduaneras en el muelle del Puerto CENTRAL TIMBÚES, ubicado en la
margen derecha a la altura de la progresiva del Km. CUATROCIENTOS SESENTA Y
CINCO CON SIETE (465,7) del Río Coronda, localidad de Timbúes, Provincia de
Santa Fe, en jurisdicción del Departamento Aduana de San Lorenzo.
Artículo 2.- Establécese
que la citada prórroga tendrá vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional
dicte el decreto de habilitación definitiva del puerto en trato y se delimite
la correspondiente zona primaria aduanera.
Artículo 3.- Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes al
Departamento Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. - Ing.
MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de
Operaciones Aduaneras del Interior.