RE-491-2015-SDGOAI
Prórroga
habilitación zona operativa aduanera muelle "Planta Puerto General San
Martín" PROFERTIL S.A. Departamento Aduana de San Lorenzo.
Bs. As., 02/12/2015
VISTO la Actuación SIGEA
N° 12509-68-2013/21 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma PROFERTIL S.A. (CUIT N° 30-69157651-1) solicita una prórroga
de la habilitación provisoria otorgada por la Resolución N° 155/15 (SDG OAI)
para realizar operaciones aduaneras en el muelle del puerto de su propiedad denominado
Planta Puerto General San Martín, ubicado a la altura de la progresiva del km.
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (458) margen derecha del Río Paraná, en el
Distrito de Puerto General San Martín, Departamento San Lorenzo, Provincia de
Santa Fe.
Que se encuentra
acreditada en la actuación SIGEA N° 12509-68-2013 que la habilitación
definitiva del citado puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita ante la
Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, por expediente
EXP-S02:0039340/2012.
Que han tomado la intervención
que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación aduanera
solicitada, con carácter provisorio y hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional
dicte el decreto de habilitación definitiva del muelle y se delimite la
correspondiente zona primaria aduanera.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición
N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS
DEL INTERIOR
RESUELVE:
Artículo 1.
- Prorróguese la
habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma PROFERTIL
S.A. (CUIT N° 30-69157651-1) en el muelle de su propiedad del puerto denominado
"Planta Puerto General San Martín", ubicado a la altura de la
progresiva del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (458) margen derecha del Río
Paraná, en el Distrito de Puerto General San Martín, Departamento San Lorenzo,
Provincia de Santa Fe, en jurisdicción del Departamento Aduana de San Lorenzo.
Artículo 2.
- Establécese que la
citada prórroga tendrá vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte
el decreto de habilitación definitiva del muelle en trato y se delimite la
correspondiente zona primaria aduanera.
Artículo 3.
- Regístrese, comuníquese.
Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y
publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento
la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase al Departamento Aduana de San Lorenzo
para su conocimiento y notificación. - Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ,
Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior.