Detalle de la norma RE-477-2015-SDGOAI
Resolución Nro. 477 Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Organismo Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Año 2015
Asunto Autorícese la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma DEL GUAZÚ S.A.
Boletín Oficial
Fecha: 04/12/2015
Detalle de la norma

RE-477-2015-SDGOAI

 

Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera nuevo muelle de barcazas Puerto DEL GUAZÚ SA. División Aduana de Gualeguaychú.

 

Bs. As., 02/12/2015

 

VISTO la Actuación SIGEA N° 12492-252-2007/198 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la citada actuación la firma Del Guazú S.A. (CUIT N° 30-70832657-3) solicita la una prórroga de la habilitación provisoria otorgada mediante Resolución N° 181/15 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras en el nuevo muelle de barcazas del puerto Del Guazú, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la División Aduana de Gualeguaychú.

 

Que se encuentra acreditado en la Actuación SIGEA N° 12492-631-2014 que, en el marco de la Ley N° 24.093, por expediente N° EXP-S01:0137050/2015 en trámite ante la Secretaria de Transporte, la firma Del Guazú S.A. solicitó que se amplíe la habilitación definitiva de la "Terminal Portuaria Del Guazú", a la nueva dársena de barcazas.

 

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

 

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación aduanera solicitada, con carácter provisorio y hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del puerto y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Disposición N° 360/11 (AFIP).

 

Por ello,

 

LA SUBDIRECTORA GENERAL

 

DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL

 

DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

 

RESUELVE:

 

Artículo 1.- Prorróguese la habilitación de una zona operativa aduanera en el muelle de barcazas del puerto de la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT N° 30-70832657-3), ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la División Aduana de Gualeguaychú.

 

Artículo 2.- Establécese que la citada prórroga tendrá vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del puerto en trato y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.

 

Artículo 3.- Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a la División Aduana de Gualeguaychú para su conocimiento y notificación. - Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-181-2015-SDGOAI Autorícese la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma DEL GUAZÚ S.A.