Detalle de la norma RE-475-2015-SDGOAI
Resolución Nro. 475 Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Organismo Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Año 2015
Asunto Prórroga Zona operativa aduanera provisoria para la realización de operaciones de removido. Localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la Aduana de Barranqueras
Boletín Oficial
Fecha: 04/12/2015
Detalle de la norma

RE-475-2015-SDGOAI

 

Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle ASOCIACIÓN DE COOP. ARGENTINAS COOP. LTADA. CUIT N° 30500120882. División Aduana de Barranqueras.

 

Bs. As., 02/12/2015

VISTO la actuación SIGEA N° 12246-88-2012/54 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la citada actuación la firma ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOPERATIVA LIMITADA CUIT N° 30-50012088-2, solicita una prórroga de la habilitación aduanera provisoria otorgada por Resolución N° 164/2015 (SDG OAI) al muelle de su propiedad, ubicado sobre la margen derecha del km. TRES (3) del Riacho Barranqueras, km. MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO (1198) del Río Paraná, en la localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la División Aduana de Barranqueras, para la realización de operaciones de removido.

 

Que se encuentra acreditado en la actuación SIGEA N° 12246-88-2012/4 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente del Ministerio del Interior y Transporte por expediente N° S02:0008459/2013.

 

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación aduanera solicitada, con carácter provisorio y hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del muelle y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.

 

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición N° 360/11 (AFIP).

 

Por ello,

 

LA SUBDIRECTORA GENERAL

DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL

DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1.

- Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera para la realización de operaciones de removido, solicitada por la firma ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOPERATIVA LIMITADA CUIT N° 30-500120882 en el muelle de su propiedad, ubicado sobre la margen derecha del km. TRES (3) del Riacho Barranqueras, km. MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO (1198) del Río Paraná, en la localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la División Aduana de Barranqueras.

Artículo 2.

- Establécese que la citada prórroga tendrá vigencia hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional dicte el decreto de habilitación definitiva del muelle en trato y se delimite la correspondiente zona primaria aduanera.

Artículo 3.

- Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Resistencia. Cumplido, remítase a la División Aduana de Barranqueras a los fines de su conocimiento y notificación. - Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-164-2015-SDGOAI Prórroga Zona operativa aduanera provisoria para la realización de operaciones de removido. Localidad de Puerto Vilelas, Provincia de Chaco, jurisdicción de la Aduana de Barranqueras