Detalle de la norma RE-243-2015-SDGOAM
Resolución Nro. 243 Subdirección General de Op Aduaneras y Metropolitanas
Organismo Subdirección General de Op Aduaneras y Metropolitanas
Año 2015
Asunto Se habilita, con carácter precario, por el plazo de 90 días, la zona operativa aduanera en el muelle de Siderar
Boletín Oficial
Fecha: 05/11/2015
Detalle de la norma

Resolución  243/2015

 

Se habilita, con carácter precario, por el plazo de 90 días, la zona operativa aduanera en el muelle de Siderar

 

Buenos Aires, 29 de Octubre de 2015.

 

VISTO la Actuación N° 17212-32-2015 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el escrito del 18 de junio de 2015 de fs. 1, presentado por el Sr. Federico MINOYETTI, invocando el carácter de Apoderado de SIDERAR S.A.I.C., se solicita la habilitación precaria por NOVENTA (90) días de la zona operativa aduanera en el denominado “Nuevo Muelle de Barcazas”, ubicado en el Partido de Ramallo, Provincia de Buenos Aires, en razón de que el PODER EJECUTIVO NACIONAL no le otorgó aún la habilitación definitiva de dicho lugar, cuya tramitación continúa.

 

Que en función de lo manifestado en la NOTA N° 081/2015 (SEC. INP. OPERATIVA AD SANI) de la Sección “G” de fs. 84/85, la NOTA N° 329/2015 (AD SANI) de la División Aduana de San Nicolás de fs. 86 y la NOTA N° 617/15 (DI ADM1) de la Dirección Aduanas Metropolitanas I de fs. 87, resulta procedente autorizar las operaciones que se desarrollen en el mencionado lugar, con carácter precario, correspondiendo a la Dirección precedentemente mencionada verificar la vigencia de las constancias emitidas por los diversos Organismos previamente intervinientes en la habilitación del muelle en cuestión, así como exigir las obras y toda otra documentación necesaria a los fines del adecuado ejercicio del control y para seguridad del Servicio Aduanero.

 

Que por el Dictamen N° 484/15 DV DRTA de la División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero de fs. 89, conformado por medio de las leyendas del 29 de septiembre de 2015 del Departamento Asesoramiento Aduanero y la Dirección de Asesoría Legal Aduanera a fs. 89 vta., así como por NOTA N° 3154/15 (SDG ASJ) de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos de fs. 90, y a través de la NOTA N° 867/15 (SDG PLA) de la Subdirección General de Planificación de fs. 91 y nota de la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional de fs. 91 vta., dichas unidades de estructura han tomado la intervención que les compete.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades delegadas por el artículo 1° de la Disposición N° 360/11 (AFIP).

 

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Habilítase, con carácter precario, por el plazo de NOVENTA (90) días, la zona operativa aduanera en el muelle de SIDERAR S.A.I.C., denominado “Nuevo Muelle de Barcazas”, ubicado a la altura del kilómetro TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON OCHO (344,8) de la margen derecha del Río Paraná, Partido de Ramallo, Provincia de Buenos Aires, jurisdicción de la Dirección Aduanas Metropolitanas I, para la realización de operaciones aduaneras de descarga de mineral de hierro.

 

ARTICULO 2° — La presente tendrá vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

 

ARTICULO 3° — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tomen conocimiento la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS y la Dirección Aduanas Metropolitanas I. Cumplido, remítase a la División Aduana de San Nicolás a sus efectos. — DANIEL SANTANNA, Subdirector General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, Dirección General de Aduanas.