Resolución 22/2015
Autorícese la
realización de operaciones aduaneras desde el 1 de noviembre del corriente año
hasta el 30 de abril del 2016, inclusive, en las instalaciones del centro de
control fronterizo del Paso Internacional Pircas Negras, ubicado en el Paraje
Barrancas Blancas, Provincia de La Rioja, en jurisdicción de la División Aduana
de La Rioja, por los motivos expuestos en los considerandos.
Buenos Aires, 03 de
Noviembre de 2015.
VISTO la Actuación SIGEA
N° 12237-11-2015 del registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la misma la
División Aduana e La Rioja impulsa la autorización de las operaciones aduaneras
en las nuevas instalaciones del centro de frontera del Paso Pircas Negras en la
localidad de Barrancas Blancas, Provincia de La Rioja.
Dicho requerimiento se
efectúa en el marco de lo acordado por las delegaciones de Argentina y Chile en
la XVIII Reunión del Comité de Integración ATACALAR, celebrada los días 2 y 3
de septiembre del corriente en la ciudad de Catamarca, en la que se definió la
realización de controles integrados en el citado paso internacional desde el 1
de noviembre del corriente año hasta el 30 de abril de 2016.
Que de acuerdo a lo
convenido oportunamente con la República de Chile, el Paso Internacional Pircas
Negras —habilitado para la atención del Régimen General de Equipaje— funcionó
como Área de Control Integrado provisorio con cabecera única en territorio
argentino en las nuevas instalaciones del centro de control fronterizo ubicado
en el Paraje Barrancas Blancas, desde diciembre del año 2014 hasta fines de
marzo del corriente año.
Que en virtud de ello,
mediante Resolución N° 37/2014 (DGA) se autorizó la realización de operaciones
aduaneras en dichas instalaciones, en forma provisoria por similar período.
Que con motivo de la
realización del evento deportivo de futbol Copa América Chile 2015, dicha
habilitación provisoria se prorrogó por Resolución N° 11/2015 (DGA) entre los
días 8 de junio y 8 de julio del corriente año, como paso alternativo durante
el citado evento deportivo.
Que en virtud de lo
expuesto, corresponde autorizar las operaciones que se desarrollen en el citado
lugar operativo en forma transitoria desde el 1 de noviembre del corriente
hasta el 30 de abril del 2016, bajo la modalidad oportunamente acordada.
Que han tomado debida
intervención la Aduana La Rioja, la Dirección Regional Aduanera Córdoba y la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9°, apartado 2,
inciso n) del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorícese
la realización de operaciones aduaneras desde el 1 de noviembre del corriente
año hasta el 30 de abril del 2016, inclusive, en las instalaciones del centro
de control fronterizo del Paso Internacional Pircas Negras, ubicado en el
Paraje Barrancas Blancas, Provincia de La Rioja, en jurisdicción de la División
Aduana de La Rioja, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2° — La presente
entrará en vigencia a partir del día de su suscripción.
ARTICULO 3° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas.
Notifíquese a la Dirección de Asuntos Técnicos de Frontera. Tome conocimiento
la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección
Regional Aduanera Córdoba. Remítanse a la División Aduana de La Rioja para su
conocimiento y aplicación. — C.P. y Abog. GUILLERMO MICHEL, Director General,
Dirección General de Aduanas.