Ley 27189
Acuerdo Marco para
el Desarrollo del Proyecto de Regasificación de Gas Natural Licuado entre
Uruguay y la Argentina
Sancionada: Septiembre 23
de 2015.
Promulgada: Octubre 13 de
2015.
El Senado y Cámara de
Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con
fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el
ACUERDO MARCO PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE REGASIFICACIÓN DE GAS NATURAL
LICUADO ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA REPÚBLICA ARGENTINA,
celebrado en Buenos Aires el 2 de agosto de 2011, que consta de CINCO (5) artículos,
cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese
al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES
DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
— REGISTRADO BAJO EL N°
27189 —
AMADO BOUDOU. — JULIÁN A.
DOMÍNGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.
Anexo
ANEXO
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