Detalle de la norma CO-5812-2015-BCRA
Comunicación Nro. 5812 Banco Central de la República Argentina
Organismo Banco Central de la República Argentina
Año 2015
Asunto Mercado Único y Libre de Cambios. Operaciones de valores que se realicen en Bolsas y Mercados de Valores del país
Boletín Oficial
Fecha: 02/10/2015
Detalle de la norma

Comunicación "A" 5812

 

Mercado Único y Libre de Cambios. Operaciones de valores que se realicen en Bolsas y Mercados de Valores del país

 

Buenos Aires, 01 de Octubre de 2015.

 

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de comunicarles que se ha dispuesto con vigencia a partir del 2/10/2015 inclusive, que en las operaciones de valores que se realicen en Bolsas y Mercados de Valores del país, adicionalmente a los mecanismos de pago previstos en la Comunicación “A” 4308, los fondos recibidos por personas humanas en cuentas de custodia locales por pagos de servicios de valores en moneda extranjera, podrán ser destinados a la liquidación de compra de nuevas operaciones propias del beneficiario de los fondos.

 

Lo expuesto en el párrafo anterior será de aplicación en la medida que la reinversión de los fondos desde la cuenta custodia por parte del beneficiario resulte neutra en materia impositiva respecto de la operatoria de acreditación de los servicios en una cuenta a la vista del beneficiario en una entidad financiera y su posterior débito para la compra de valores.

 

Saludamos a Uds. atentamente.

 

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

 

Marina Ongaro

Gerente Principal de Exterior y Cambios

 

Agustín Torcassi

Subgerente General de Operaciones

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
CO-6220-2017-BCRA Deroga Operatoria cambiaria on line. Uso de moneda extranjera en operaciones con títulos valores. Adecuaciones