Disposición 265/2015
Reconocer a TÜV
Rheinland Argentina S.A. como Organismo de Certificación en aplicación del
régimen establecido por la Resolución N° 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la
ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
Buenos Aires, 10 de
Septiembre de 2015.
VISTO el expediente N°
S01:0095192/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 319
de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERÍA, del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, establece
la obligatoriedad de la certificación de la veracidad de la información
suministrada en la etiqueta y fichas respectivas, correspondientes a los
aparatos eléctricos de uso doméstico que se enumeran en el artículo 2° de la
mencionada Resolución y que se comercializan en el país, en lo relativo al
rendimiento o eficiencia energética, la emisión de ruido y las demás
características asociadas.
Que la Resolución N° 35,
de fecha 17 de marzo de 2005, de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA del
ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, a través de su artículo 4°, estableció
las modalidades y fechas de entrada en vigencia de la obligación de obtener la
certificación y de colocación de la etiqueta de eficiencia energética correspondientes
sobre los productos eléctricos definidos como refrigeradores, congelación de
alimentos y sus combinaciones, que se comercialicen en el país.
Que las Resoluciones N°
123, de fecha 3 de marzo de 1999, y N° 431, de fecha 28 de junio de 1999, de la
ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, establecen que para su participación en los
Regímenes de Certificación Obligatoria, los Organismos de Certificación deberán
contar con el reconocimiento al efecto de esta Dirección Nacional de Comercio
Interior.
Que por medio de la
Disposición de esta DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR N° 668, de fecha 19
de setiembre de 2006, fueron designados los integrantes del mencionado Comité
de Evaluación.
Que mediante el expediente
citado en el VISTO la empresa TÜV Rheinland Argentina S.A., solicitó su
reconocimiento para actuar como organismo de certificación en aplicación de la
Resolución ex S.I.C. y M. N° 319/1999 y de la Resolución ex - SCT N° 35/2005.
Que, conforme lo ordenado
por esta Dirección Nacional a fojas 314, el subcomité de Evaluación de
Organismos de Certificación con la participación de expertos técnicos procedió
a verificar las acciones llevadas a cabo por el solicitante en relación a las
observaciones efectuadas oportunamente (fojas 49) y a ejecutar las actividades
previstas en el plan de auditoría de fojas 315/316, realizando la visita a las
instalaciones del Organismo de Certificación TÜV Rheinland Argentina S.A con
fecha 30 de Julio de 2015.
Que, según consta en el
Acta del Comité de Evaluación de Organismos de Certificación de fecha 3 de
agosto de 2015, el citado Comité se ha expedido favorablemente, recomendando el
reconocimiento de TÜV Rheinland Argentina S.A para desempeñarse como Organismo
de Certificación en la aplicación del régimen mencionado.
Que TÜV Rheinland
Argentina S.A. ha presentado, a fojas 331/333, documentación que evidencia su
acreditación por parte del Organismo Argentino de Acreditación (O.A.A.)
perteneciente al SISTEMA NACIONAL DE NORMAS, CALIDAD Y CERTIFICACION, creado
por el Decreto N° 1474, de fecha 23 de agosto de 1994, como Organismo de
Certificación para la aplicación, entre otros, del régimen de etiquetado de
eficiencia energética para aparatos de refrigeración domésticos, dando
cumplimiento así a lo requerido por la Resolución N° 431/99 de la ex-SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO y MINERIA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS.
Que, conforme exige el
último párrafo del inciso e) artículo 2° de la Resolución antes referida, el
causante ha presentado evidencia de la contratación del seguro de
responsabilidad civil correspondiente, a fojas 334/338, siendo aprobado sin
observaciones por esta Dirección Nacional.
Que la Dirección de
Legales del Área de Comercio, dependiente de la Dirección General de Asuntos
Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente se dicta
en uso de las facultades otorgadas por el artículo 6° de la Resolución ex
S.I.C. y M. N° 431/99 y por los Decretos N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002
y sus modificaciones.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE
COMERCIO INTERIOR
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Reconocer a
TÜV Rheinland Argentina S.A. como Organismo de Certificación en aplicación del
régimen establecido por la Resolución N° 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la
ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y la Resolución N° 35, de fecha 17 de marzo de 2005,
de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
PRODUCCIÓN, referida a la obligatoriedad de la certificación de la veracidad de
la información suministrada en la etiqueta y fichas respectivas,
correspondientes en este caso a los aparatos eléctricos de uso domésticos
definidos como refrigeradores, congelación de alimentos y sus combinaciones, y
que se comercializan en el país, en lo relativo al rendimiento o eficiencia
energética, la emisión de ruido y las demás características asociadas.
ARTÍCULO 2° — Aprobar el
seguro de responsabilidad civil específico de la actividad de ensayos en
aplicación de la Resolución ex-SICyM N° 319/1999 y Resolución ex-SCT N°
35/2005, presentado por el TÜV Rheinland Argentina S.A.
ARTÍCULO 3° — La presente
Disposición comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el
Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4° — Notifíquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. —
Prof. FERNANDO A. CARRO, Director Nacional de Comercio Interior.