Resolución Conjunta
38/2015 y 1019/2015
Bienes integrantes
del proyecto presentado por la firma SIDERAR
Bs. As., 04/09/2015
VISTO el Expediente N°
S01:0025597/2007 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la firma SIDERAR
SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL ha solicitado los beneficios
establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Grandes
Proyectos de Inversión” conforme a la Resolución N° 256 de fecha 3 de abril de
2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089
de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA
PRODUCCIÓN, para la importación de bienes nuevos destinados a la instalación de
un nuevo sistema de captación y filtración de humos en la planta productora
Acería LD-Planta General Savio-Ramallo, conforme al Artículo 3° de la
Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que los bienes mencionados
en el Anexo que, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente
resolución, estarán ubicados en el Centro Siderúrgico General Savio, Localidad
de Ramallo, Provincia de BUENOS AIRES.
Que la empresa obtuvo el
Certificado de Trámite N° 89 emitido con fecha 4 de julio de 2007 a fin de
poder realizar las operaciones de importación al amparo del Régimen.
Que la UNIVERSIDAD
TECNOLÓGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL SAN NICOLÁS ha intervenido desde el
punto de vista técnico en el análisis del proyecto opinando que el mismo
responde a lo previsto en la legislación vigente.
Que del análisis efectuado
surge, que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la
Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las
Resoluciones Nros. 1.089/00, 8/01 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y 216/03
del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, por lo que, en el ámbito de la ex
SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
y la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA se ha determinado
procedente la solicitud de la firma SIDERAR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y
COMERCIAL, conforme a las disposiciones del Régimen referido.
Que la mencionada firma
declara bajo juramento que no está ingresando al país bienes o componentes de
bienes comprendidos dentro del marco de la Ley N° 24.051 de Residuos Peligrosos
y sus modificaciones y de la Ley N° 24.040 de Compuestos Químicos.
Que han tomado
intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por
el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos
N° 19.549.
Que la presente resolución
se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 8° de la Resolución N° 256/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002
y sus modificaciones y el Artículo 1° de la Resolución N° 4 de fecha 13 de
enero de 2014 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE
COMERCIO EXTERIOR
Y
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1° — Considérase
sujeta al beneficio establecido por la Resolución N° 256 de fecha 3 de abril de
2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089
de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA
PRODUCCIÓN, para la importación de bienes integrantes del proyecto presentado
por la firma SIDERAR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, consistente en la
instalación de un nuevo sistema de captación y filtración de humos en la planta
productora Acería LD-Planta General Savio-Ramallo, cuya descripción de bienes
se detalla en el Anexo que, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2° — En virtud de
lo estipulado en el Artículo 12 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA se otorga el plazo de UN (1) año a partir de la fecha de esta
resolución para la importación de los bienes detallados en el Anexo de la
misma.
ARTÍCULO 3° — El
incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el
proyecto de inversión para la mencionada planta y/o de los límites para
importación de repuestos estipulados en el Artículo 10 de la Resolución N°
256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, dará lugar a la aplicación del Artículo
15 de la citada resolución. Dichas sanciones serán aplicables también en el
caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el
incumplimiento previsto en el Artículo 6° de la mencionada resolución.
ARTÍCULO 4° — La
SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE
INDUSTRIA informarán, en los términos del Artículo 19 de la Resolución N°
256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, a la Dirección General de Aduanas,
dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad
autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a los
efectos de que proceda a liberar las garantías oportunamente constituidas una
vez verificado el cumplimiento del Régimen por parte del interesado sobre la
base de los informes de auditoría que se hubieren realizado en los términos del
Artículo 14 de la mencionada resolución, y recibido de la Dirección General de
Aduanas la notificación requerida por el Artículo 18 de la citada resolución en
cuanto al cumplimiento de las importaciones comprometidas en el Régimen.
ARTÍCULO 5° — A través de
la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional
de Gestión Comercial Externa de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, notifíquese a la firma SIDERAR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL
Y COMERCIAL de la presente resolución.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Dra. PAULA ESPAÑOL, Subsecretaria de Comercio Exterior, Secretaría de Comercio,
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. — Lic. JAVIER RANDO, Secretario de
Industria, Ministerio de Industria.
ANEXO
BIENES INTEGRANTES DE
“GRANDES PROYECTOS DE INVERSIÓN” CON DESTINO A LA INSTALACIÓN DE UN NUEVO
SISTEMA DE CAPTACIÓN Y FILTRACIÓN DE HUMOS EN LA PLANTA PRODUCTORA ACERÍA
LD-PLANTA GENERAL SAVIO-RAMALLO:
El valor FOB de los bienes
mencionados es de EUROS UN MILLÓN QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS
VEINTICINCO (€ 1.539.225.00.-) (sin repuestos).
El monto de los repuestos
de acuerdo al Artículo 10 de la Resolución N° 256 de fecha 3 de abril de 2000
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA asciende a EUROS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS
SESENTA UNO CON VEINTICINCO CENTAVOS (€ 76.961,25).