Detalle de la norma RE-181-2015-SDGOAI
Resolución Nro. 181 Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Organismo Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
Año 2015
Asunto Autorícese la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma DEL GUAZÚ S.A.
Boletín Oficial
Fecha: 02/09/2015
Detalle de la norma

Resolución  181/2015

 

Autorícese la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT N° 30-70832657-3) en el nuevo muelle de barcazas del puerto “Terminal Portuaria Del Guazú”, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos

 

Buenos Aires, 27 de Agosto de 2015.

 

VISTO la Actuación SIGEA N° 12492-631-2014 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por la citada actuación la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT N° 30-70832657-3) solicita la habilitación de una zona operativa aduanera en el nuevo muelle de barcazas del puerto “Terminal Portuaria Del Guazú”, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la División Aduana de Gualeguaychú.

 

Que mediante Nota D.N.P. N° 171/15 del 29 de junio de 2015, la Dirección Nacional de Puertos, dependiente de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, informa que mediante expediente N° EXP-S01:0137050/2015 tramita el pedido presentado por la firma DEL GUAZÚ S.A. para que se amplíe la solicitud de habilitación de la “Terminal Portuaria Del Guazú” a la nueva dársena de barcazas. Sobre el particular, señala que “...habiéndose cumplido con la totalidad de los requisitos en orden a proceder en forma definitiva a la habilitación requerida, acto para el cual la competencia está atribuida al Poder Ejecutivo Nacional (Art. 5° de la Ley 24.093), el citado expediente actualmente se encuentra en la órbita de esta Dirección Nacional de Puertos a fin de elaborar el informe final y el correspondiente proyecto de Decreto”.

 

Que en función de los informes obrantes en autos, corresponde autorizar las operaciones que se desarrollen en el citado lugar operativo, en forma provisoria hasta el 30 de noviembre, inclusive.

 

Que han tomado la intervención que le compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición N° 360/11 (AFIP).

 

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° — Autorícese la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT N° 30-70832657-3) en el nuevo muelle de barcazas del puerto “Terminal Portuaria Del Guazú”, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la División Aduana de Gualeguaychú, en forma provisoria hasta el 30 de noviembre, inclusive.

 

ARTICULO 2° — Estipúlese la vigencia de la presente a partir del día de la fecha.

 

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase a la División Aduana de Gualeguaychú para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-477-2015-SDGOAI Complementa Autorícese la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma DEL GUAZÚ S.A.