Resolución 181/2015
Autorícese la
habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma DEL GUAZÚ
S.A. (CUIT N° 30-70832657-3) en el nuevo muelle de barcazas del puerto
“Terminal Portuaria Del Guazú”, ubicado sobre la margen izquierda del Río
Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la
localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos
Buenos Aires, 27 de Agosto
de 2015.
VISTO la Actuación SIGEA
N° 12492-631-2014 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT N° 30-70832657-3) solicita la
habilitación de una zona operativa aduanera en el nuevo muelle de barcazas del
puerto “Terminal Portuaria Del Guazú”, ubicado sobre la margen izquierda del
Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la
localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la
División Aduana de Gualeguaychú.
Que mediante Nota D.N.P.
N° 171/15 del 29 de junio de 2015, la Dirección Nacional de Puertos,
dependiente de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, informa que
mediante expediente N° EXP-S01:0137050/2015 tramita el pedido presentado por la
firma DEL GUAZÚ S.A. para que se amplíe la solicitud de habilitación de la
“Terminal Portuaria Del Guazú” a la nueva dársena de barcazas. Sobre el
particular, señala que “...habiéndose cumplido con la totalidad de los
requisitos en orden a proceder en forma definitiva a la habilitación requerida,
acto para el cual la competencia está atribuida al Poder Ejecutivo Nacional
(Art. 5° de la Ley 24.093), el citado expediente actualmente se encuentra en la
órbita de esta Dirección Nacional de Puertos a fin de elaborar el informe final
y el correspondiente proyecto de Decreto”.
Que en función de los
informes obrantes en autos, corresponde autorizar las operaciones que se
desarrollen en el citado lugar operativo, en forma provisoria hasta el 30 de
noviembre, inclusive.
Que han tomado la
intervención que le compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición
N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE
LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorícese
la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma DEL GUAZÚ
S.A. (CUIT N° 30-70832657-3) en el nuevo muelle de barcazas del puerto
“Terminal Portuaria Del Guazú”, ubicado sobre la margen izquierda del Río
Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la
localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la
División Aduana de Gualeguaychú, en forma provisoria hasta el 30 de noviembre,
inclusive.
ARTICULO 2° — Estipúlese
la vigencia de la presente a partir del día de la fecha.
ARTICULO 3° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase a la División
Aduana de Gualeguaychú para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA
CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones
Aduaneras del Interior.