Acordada 24/2015
Postergar hasta el
1er. día hábil de diciembre de 2015 la implementación de las cláusulas
previstas por Acordada 3/2015 en toda la justicia Nacional y Federal.
Expediente 7630/11
En Buenos Aires, a los 27
DE AGOSTO de del año 2015, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los
señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
Que a fin de facilitar la
aplicación de las cláusulas establecidas por la Acordada 3/2015, corresponde
diferir su implementación.
Por ello,
ACORDARON:
1) Postergar hasta el 1er.
día hábil de diciembre de 2015 la implementación de las cláusulas previstas por
Acordada 3/2015 en toda la justicia Nacional y Federal.
Todo lo cual dispusieron,
ordenando que se comunique, publique en la página web del en el CIJ, en la del
Tribunal, en el Boletín Oficial y se registre en el libro correspondiente, por
ante mí que doy fe.
Ricardo Lorenzetti. —
Elena I. Highton de Nolasco. — Juan C. Maqueda.
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