Decreto 1484/2015
Dispónese la
reapertura del Consulado General de la República en la Ciudad de Monterrey,
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, que tendrá circunscripción consular sobre los Estados
de BAJA CALIFORNIA, SONORA, CHIHUAHUA, COAHUILA DE ZARAGOZA, NUEVO LEÓN y
TAMAULIPAS.
Buenos Aires, 30 de Julio
de 2015.
VISTO el Expediente N°
6543/2013 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y el Decreto N°
20.216 de fecha 9 de octubre de 1951, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N°
20.216/51 se dispuso la clausura como oficina consular permanente del Consulado
de la República en la Ciudad de Monterrey, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Que se estima oportuno
disponer el reordenamiento de las circunscripciones de determinadas oficinas
consulares, de acuerdo a los lineamientos de la política exterior y con la
finalidad de permitir asimismo una mayor difusión de la imagen de la República,
como así también proporcionar nuevas corrientes de intercambio comercial y
cultural.
Que en consecuencia,
resulta conveniente proceder a la apertura de un Consulado General en la Ciudad
de Monterrey, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, con circunscripción en los Estados de
BAJA CALIFORNIA, SONORA, CHIHUAHUA, COAHUILA DE ZARAGOZA, NUEVO LEÓN y TAMAULIPAS.
Que resulta necesaria la
readecuación de la circunscripción del Consulado General de la República en la
Ciudad de México, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, desagregando los Estados parte de
la circunscripción de la Representación Consular cuya apertura se propicia.
Que se cuenta con el
consentimiento del Estado receptor, previsto en el Artículo 4° de la Convención
de Viena sobre Relaciones Consulares del 24 de abril de 1963, aprobada por la
Ley N° 17.081.
Que la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, ha tomado
intervención en el ámbito de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA
LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han prestado su conformidad al dictado del
presente acto.
Que la presente medida se
dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN
ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dispónese la
reapertura del Consulado General de la República en la Ciudad de Monterrey,
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, que tendrá circunscripción consular sobre los Estados
de BAJA CALIFORNIA, SONORA, CHIHUAHUA, COAHUILA DE ZARAGOZA, NUEVO LEÓN y
TAMAULIPAS.
Art. 2° — Modifícase la
circunscripción consular del Consulado General de la República en la Ciudad de
México, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, la que comprenderá los Estados de
AGUASCALIENTES, BAJA CALIFORNIA SUR, CAMPECHE, CHIAPAS, COLIMA, DISTRITO
FEDERAL, DURANGO, ESTADO DE MEXICO, GUANAJUATO, GUERRERO, HIDALGO, JALISCO,
MICHOACÁN, MORELOS, NAYARIT, OAXACA, PUEBLA, QUERÉTARO, QUINTANA ROO, SAN LUIS
POTOSÍ, SINALOA, TABASCO, TLAXCALA, VERACRUZ, YUCATÁN, ZACATECAS y todo el
territorio de BELICE.
Art. 3° — El gasto que
demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 35 -
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4° — Extiéndanse las
Cartas Patentes respectivas.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.