Resolución 155/2015
Prorróguese la
habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma PROFERTIL
S.A
Buenos Aires, 30 de Juilo
de 2015.
VISTO la Actuación SIGEA
N° 12509-68-2013/18 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la firma PROFERTIL S.A. (CUIT N° 30-69157651-1) solicita una prórroga
de la habilitación provisoria otorgada por la Resolución N° 134/15 (SDG OAI)
para realizar operaciones aduaneras en el muelle del puerto de su propiedad denominado
Planta Puerto General San Martín, ubicado a la altura de la progresiva del km.
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (458) margen derecha del Río Paraná, en el
Distrito de Puerto General San Martín, Departamento San Lorenzo, Provincia de
Santa Fe.
Que se encuentra
acreditada en la actuación SIGEA N° 12509-68-2013 que la habilitación
definitiva del citado puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita ante la
Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, por expediente
EXP-S02:0039340/2012.
Que han tomado la intervención
que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de los
informes obrantes en autos, resulta procedente autorizar la prórroga de la
habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y hasta el 30 de
noviembre de 2015, inclusive.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición
N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE
LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese
la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma PROFERTIL
S.A. (CUIT N° 30-69157651-1) en el muelle de su propiedad del puerto denominado
“Planta Puerto General San Martín”, ubicado a la altura de la progresiva del
km. CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (458) margen derecha del Río Paraná, en el
Distrito de Puerto General San Martín, Departamento San Lorenzo, Provincia de
Santa Fe, en jurisdicción del Departamento Aduana de San Lorenzo, hasta el día
30 de noviembre de 2015, inclusive.
ARTICULO 2° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase al Departamento
Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA
CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones
Aduaneras del Interior.