Detalle de la norma DI-69-2015-SSI
Disposición Nro. 69 Subsecretaria de Industria
Organismo Subsecretaria de Industria
Año 2015
Asunto Solicitud de reinscripción de la empresa Hasar Sistemas S.R.L. en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos
Boletín Oficial
Fecha: 27/07/2015
Detalle de la norma

Disposición  69/2015

 

Solicitud de reinscripción de la empresa Hasar Sistemas S.R.L. en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos

 

Buenos Aires, 21 de Julio de 2015.

 

VISTO el Expediente N° S01:0074770/2014 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA y la Disposición N° 24 de fecha 6 de abril de 2015 de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Disposición N° 24 de fecha 6 de abril de 2015 de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA se reinscribió a la empresa HASAR SISTEMAS S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-68857767-1) en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos de las Leyes N° 25.922 y su modificatoria N° 26.692, creado por el Artículo 2° del Decreto N° 1.315 de fecha 9 de septiembre de 2013.

 

Que se ha detectado la existencia de un error involuntario en la redacción del Artículo 11 de la citada disposición, en cuanto se omitió indicar que la beneficiaria deberá, a los efectos de la percepción del bono de crédito fiscal previsto en el Artículo 8° de la Ley N° 25.922, sustituido por el Artículo 5° de la Ley N° 26.692, declarar ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, como personal promovido el CIEN POR CIENTO (100%) del personal afectado al rubro “y1”.

 

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

 

Que la presente disposición se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 13 de la Resolución N° 5 de fecha 31 de enero de 2014 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA y su modificatoria, y el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.

 

Por ello,

 

LA SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA DISPONE:

 

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Artículo 11 de la Disposición N° 24 de fecha 6 de abril de 2015 de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, por el siguiente:

 

“ARTÍCULO 11.- La empresa HASAR SISTEMAS S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-688577671-1) deberá, a los efectos de la percepción del bono de crédito fiscal previsto en el Artículo 8° de la Ley N° 25.922, sustituido por el Artículo 5° de la Ley N° 26.692, declarar ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, como personal promovido el CIEN POR CIENTO (100%) del personal afectado a los rubros “a1”, “d2”, “d4”, “g1”, “g2” e “y1” y el NOVENTA Y NUEVE COMA SESENTA Y CINCO POR CIENTO (99,65%) del personal afectado a las tareas del rubro “i”. Si al aplicar este último porcentaje se obtuviese un número con decimales, deberá tomarse de éste solo la parte entera inferior.”

 

ARTÍCULO 2° — La presente disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

 

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —

 

Lic. STELLA MARIS AYALA ESCOBAR, Subsecretaria de Industria

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica DI-24-2015-SSI Solicitud de reinscripción de la empresa Hasar Sistemas S.R.L. en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos