Detalle de la norma RE-21-2015-GMC
Resolución Nro. 21 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2015
Asunto Plan para Facilitar la Circulación de Trabajadores en el MERCOSUR
Detalle de la norma

RE/21/2015/GMC

 

PLAN PARA FACILITAR LA CIRCULACIÓN DE TRABAJADORES EN EL MERCOSUR

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del Mercado Común del Sur, el Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR, la Declaración Sociolaboral del MERCOSUR y la Decisión Nº 64/10 del Consejo del Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

Que la finalidad del Tratado de Asunción es unir cada vez más a los pueblos de la región, buscando caminos de integración y progreso económico y social en el MERCOSUR. En ese sentido, la dimensión social del MERCOSUR permite desarrollar políticas orientadas a la justicia social e inclusión, en beneficio de los pueblos de los Estados Partes.

Que la decisión de avanzar en medidas para facilitar la circulación de trabajadores en el MERCOSUR constituye un paso sustantivo para la identidad laboral del MERCOSUR y una hoja de ruta para generar un mercado de trabajo regional, propiciando mejores condiciones de inserción laboral para los trabajadores, garantizándoles igualdad de trato y oportunidades en el territorio de los Estados Partes.

Que el MERCOSUR ya ha producido instrumentos de política regional fundamentales para la facilitación de la circulación de trabajadores en la región: el Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del Mercado Común del Sur, la Declaración Sociolaboral del MERCOSUR del año 1998 y el Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR.

Que la facilitación de la circulación de trabajadores ha sido un tema presente en las reuniones del Subgrupo de Trabajo Nº 10 "Relaciones Laborales, Empleo y Seguridad Social" (SGT Nº 10) desde su creación y ha sido incorporada al Plan de Acción para la conformación de un Estatuto de Ciudadanía del MERCOSUR.

Que la implementación de un plan para la facilitación de la circulación de trabajadores en el MERCOSUR permitirá abordar este tema desde la especificidad propia de las relaciones laborales, propiciando el diálogo social junto a los actores sociales del mundo del trabajo.

 

El GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

 

Art. 1 - El Plan para Facilitar la Circulación de Trabajadores en el MERCOSUR, que tiene como objetivo general promover la circulación de trabajadores del MERCOSUR con vista a su inserción formal en las estructuras laborales de los Estados Partes, es el que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución. La implementación de dicho Plan será realizada por una Comisión de Seguimiento conformada por los Coordinadores Nacionales del SGT Nº 10.

Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

 

XLV GMC EXT. – Brasilia, 15/VII/15.

 

ANEXO

PLAN PARA FACILITAR LA CIRCULACIÓN DE TRABAJADORES EN EL MERCOSUR

 

El presente Plan tiene como objetivo general desarrollar acciones, de aplicación progresiva, tendientes a facilitar la circulación de trabajadores del MERCOSUR con vista a su inserción formal en las estructuras laborales de los Estados Partes, como una estrategia para mejorar la calidad del empleo en el MERCOSUR, incluyendo sus zonas de frontera, de conformidad con lo establecido especialmente en la Declaración Sociolaboral y en el Acuerdo de Residencia para los Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR y en los demás instrumentos regionales que tienen relación con el tema.

 

A tales fines, el plan se desarrolla sobre dos ejes temáticos: la Libre Circulación de Trabajadores del MERCOSUR y la Libre Circulación de Trabajadores del MERCOSUR en zonas de fronteras.

 

En cada eje, la propia complejidad de la movilidad de los trabajadores lleva a que se interactúe con diversas situaciones, factores o relaciones que, con sus lógicas y efectos políticos y sociales propios, están contenidos dentro de la movilidad, y son denominadas dimensiones; éstas son:

 

 Normativa,

 Cooperación Interinstitucional,

 Empleo,

 Seguridad Social,

 Trabajos temporarios en los Estados Partes,

 Rol de los actores sociales y

 Difusión, sensibilización y concientización de los derechos de los trabajadores del MERCOSUR.

 

En la implementación del presente Plan, se priorizarán la dimensión “normativa” y las tareas específicas relativas a la “certificación y formación profesional”, “servicios públicos de empleo” y “promoción del empleo”, incluidas dentro de la dimensión “empleo”.

Cada dimensión tendrá un objetivo específico, para cuyo cumplimiento se prevé la realización de tareas específicas.

Las tareas específicas previstas en las distintas dimensiones correspondientes a los dos ejes temáticos del presente Plan se desarrollarán en el ámbito del SGT N° 10.

Para ello, dicho Subgrupo podrá crear, en los términos de la normativa vigente, las Comisiones y Subcomisiones que estime necesarias.

El SGT N° 10 informará bianualmente al GMC de los avances alcanzados con relación a las tareas específicas previstas en el presente Plan.

 

1.- EJE “LIBRE CIRCULACIÓN DE TRABAJADORES DEL MERCOSUR”

1.1. DIMENSIÓN NORMATIVA

 

Objetivo específico:

- Analizar la normativa relativa a la circulación de trabajadores del MERCOSUR a fin de asegurar su aplicación.

Tareas específicas:

- Analizar la normativa MERCOSUR relativa a la circulación de trabajadores.

- Efectuar un relevamiento de las normas internas de cada Estado Parte relativas a la materia y analizar su incidencia en la circulación de trabajadores del MERCOSUR.

 

1.2. DIMENSIÓN “COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL”

 

Objetivo específico:

- Fortalecer la comunicación y la acción coordinada entre organismos gubernamentales de los Estados Partes -en sus distintas competencias vinculadas a la materia y niveles de gobierno-, así como entre los órganos y foros de la estructura institucional del MERCOSUR que traten temas vinculados a la movilidad de trabajadores, a fin de optimizar los resultados de las políticas públicas con el objetivo de facilitar la circulación de los trabajadores del MERCOSUR.

 

Tareas específicas:

- Promover mecanismos de diálogo y articulación entre organismos de diferentes áreas de gobierno de los Estados Partes y entre órganos y foros de la estructura institucional del MERCOSUR que traten temas vinculados a la circulación de trabajadores.

- Realizar actividades de capacitación de los funcionarios de los distintos organismos gubernamentales de los Estados Partes para que adquieran y/o profundicen conocimientos sobre la facilitación de la circulación de trabajadores y, de ese modo, puedan perfeccionar el desempeño de las tareas a su cargo.

 

1.3. DIMENSIÓN “EMPLEO”

Objetivo específico:

- Potenciar el acceso a los servicios públicos de empleo de los trabajadores de los

Estados Partes del MERCOSUR y su inserción laboral en las ocupaciones y sectores definidos como prioritarios a nivel nacional y local.

 

Tareas específicas:

- Articular acciones con el GANEMPLE con el fin de incorporar propuestas de trabajo de ese órgano a las tareas previstas en el presente Plan.

- Relevar ocupaciones y sectores económicos que requieran impulsar la incorporación de trabajadores y proponer incentivos para lograrlo.

- Desarrollar una propuesta MERCOSUR sobre certificación y formación profesional, de modo de posibilitar al trabajador el reconocimiento de sus calificaciones profesionales en los Estados Partes.

- Articular los sistemas de información sobre servicios de Empleo de los Estados Partes, de modo de poder brindar al trabajador del MERCOSUR información sobre ofertas laborales y distintos programas de empleo existentes en el MERCOSUR.

- Desarrollar una propuesta MERCOSUR de acciones de promoción de empleo para grupos particulares de trabajadores, como los jóvenes, entre otros.

 

1.4. DIMENSIÓN “SEGURIDAD SOCIAL”

Objetivo específico:

- Potenciar, en el marco de la facilitación de la circulación de trabajadores del MERCOSUR, aspectos de la seguridad social que coadyuven a la implementación del Acuerdo Multilateral de Seguridad Social.

Tareas específicas:

- Identificar eventuales aspectos no contemplados en el Acuerdo Multilateral de Seguridad Social.

- Realizar un relevamiento de la normativa nacional de los Estados Partes en materia de seguridad social a fin de identificar aspectos que puedan ser armonizados.

 

1.5 DIMENSIÓN “TRABAJOS TEMPORARIOS EN LOS ESTADOS PARTES”

Objetivo específico:

- Promover acciones tendientes a facilitar la circulación de trabajadores del MERCOSUR para actividades laborales de corta duración, fortaleciendo las medidas de protección de sus derechos.

 

Tareas específicas:

- Fomentar acciones y eventualmente propuestas normativas para garantizar los derechos de los trabajadores del MERCOSUR contratados para actividades laborales de corta duración en otro Estado Parte.

- Detectar las dificultades que encuentran las empresas y los grupos de empresas radicados en más de un Estado Parte para trasladar a sus trabajadores y elaborar propuestas tendientes a superar dichas dificultades.

 

1.6. DIMENSIÓN “ROL DE LOS ACTORES SOCIALES”: DIÁLOGO SOCIAL

Objetivo específico:

- Fortalecer los espacios de diálogo social regional, promoviendo las diversas formas de participación de los actores sociales, para lograr la facilitación de la circulación de trabajadores del MERCOSUR.

Tareas específicas:

- Dar participación a los actores sociales en diferentes instancias de implementación del presente Plan.

- Recopilar información sobre la negociación colectiva en los Estados Partes, a través de la elaboración de una Memoria sobre el art. 10 de la Declaración Sociolaboral.

- Analizar e identificar posibles líneas de acción comunes para incorporación de cláusulas de negociación colectiva en cada Estado Parte para facilitar la circulación de trabajadores.

 

1.7. DIMENSIÓN “DIFUSIÓN, CONCIENTIZACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES DEL MERCOSUR”

 

Objetivo específico:

- Difundir adecuadamente los derechos de los trabajadores del MERCOSUR, como así también las políticas de trabajo decente ejecutadas por organismos gubernamentales, en todos sus niveles de gobierno.

Tareas específicas:

 

- Desarrollar y ejecutar estrategias comunicacionales, en el marco de la política comunicacional del MERCOSUR, para difundir los derechos de los trabajadores del

MERCOSUR, así como las políticas de trabajo decente aplicadas por organismos gubernamentales, en todos sus niveles de gobierno.

 

2.- EJE “LIBRE CIRCULACIÓN DE TRABAJADORES DEL MERCOSUR EN ZONAS DE FRONTERA”

2.1. DIMENSIÓN “NORMATIVA”

 

Objetivo específico:

- Elaborar un proyecto de norma para facilitar la circulación de los trabajadores del MERCOSUR en zonas de frontera.

 

Tareas específicas:

- Identificar y analizar las particularidades de las zonas de frontera, a fin de confeccionar un proyecto de norma, para facilitar la circulación de los trabajadores del MERCOSUR en dichas zonas.

 

2.2. DIMENSIÓN “COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL”

Objetivo específico:

- Fortalecer la comunicación y la acción coordinada entre organismos gubernamentales de los Estados Partes -en sus distintas competencias vinculadas a la materia y niveles de gobierno-, así como entre los órganos y foros de la estructura institucional del MERCOSUR que traten temas vinculados a la movilidad de trabajadores, a fin de optimizar los resultados de las políticas públicas con el objetivo de facilitar la circulación de los trabajadores del MERCOSUR en zonas de frontera.

Tareas específicas:

- Promover mecanismos de diálogo y articulación entre los organismos de diferentes áreas de gobierno de los Estados Partes y órganos y foros de la estructura institucional del MERCOSUR vinculados a la facilitación de la circulación de trabajadores en zonas de frontera.

- Realizar actividades de capacitación de los funcionarios de distintos organismos gubernamentales de los Estados Partes para que adquieran y/o profundicen conocimientos sobre la facilitación de la circulación de trabajadores en zonas de frontera y, de ese modo, puedan perfeccionar el desempeño de las tareas a su cargo.

 

2.3. DIMENSIÓN “EMPLEO”

Objetivo específico:

- Potenciar el acceso a los servicios de empleo de los trabajadores de los Estados Partes del MERCOSUR y su inserción en las ocupaciones y sectores económicos, definidos como prioritarios en cada zona de frontera.

 

Tareas específicas:

- Articular acciones con el GANEMPLE con el fin de incorporar propuestas de trabajo de ese órgano a las tareas previstas en el presente Plan.

- Desarrollar procesos específicos de certificación y formación profesional en zonas de frontera.

- Coordinar acciones entre Oficinas de Empleo situadas en localidades fronterizas vinculadas.

- Coordinar las acciones de promoción del empleo que se desarrollan en zonas de frontera.

- Realizar estudios de investigación con la participación de universidades locales, sindicatos, cámaras empresarias u otros actores clave, sobre zonas de frontera determinadas a fin de detectar necesidades productivas específicas de esas zonas y realizar propuestas de acción.

- Realizar acciones de articulación con órganos y foros de la estructura institucional del MERCOSUR vinculados a la temática del trabajo en zonas de frontera.

 

2.4. DIMENSIÓN “ROL DE LOS ACTORES SOCIALES”

En base a lo expresado en el punto 2.3 y con una perspectiva local, se remite a lo señalado en el punto 1.6.

 

2.5. DIMENSIÓN “DIFUSIÓN, CONCIENTIZACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES DE FRONTERA DEL MERCOSUR”

En base a lo expresado en el punto 2.3, se reitera lo señalado en el punto 1. 7.

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona DC-64-2010-CMC Plan para Facilitar la Circulación de Trabajadores en el MERCOSUR