DC/31/2015/CMC
Prorrogar, hasta el 31 de diciembre de 2023, el
Régimen de Origen MERCOSUR, previsto en la Decisión CMC N° 01/09, para todo el comercio intrazona.
Brasilia, 16 de Julio de 2015.
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
las Decisiones Nº 10/94, 31/00, 69/00, 20/09 y 01/09 del Consejo del Mercado
Común y las Resoluciones Nº 43/03 y 39/11 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que aún no están reunidas las condiciones para la
eliminación de los controles de origen en el comercio intrazona.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Prorrogar, hasta el 31 de diciembre de 2023, el
Régimen de Origen MERCOSUR, previsto en la Decisión CMC N° 01/09, para todo el comercio intrazona.
Art. 2 - Solicitar a los Estados Partes signatarios del
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 (ACE N° 18) que instruyan a sus
respectivas Representaciones ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), a protocolizar la presente Decisión en el
marco del ACE N° 18, en los términos establecidos en la Resolución GMC N° 43/03.
Art. 3 - Esta Decisión deberá ser incorporada al
ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 01/XI//2015.
La incorporación de la presente Decisión al ordenamiento
jurídico de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos y plazos del
cronograma definido por la normativa vigente, no afectará la vigencia
simultánea de la presente Decisión para los demás Estados Partes, conforme el
Art. 40 del Protocolo de Ouro Preto.
XLVIII CMC - Brasilia, 16/VII/15.