Detalle de la norma DC-12-2015-CMC
Decisión Nro. 12 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 2015
Asunto Acuerdo Marco sobre Condiciones de Acceso para Empresas de Seguros
Detalle de la norma

DC-12-2015-CMC

 

 

ACUERDO PARA DEJAR SIN EFECTO EL ACUERDO MARCO SOBRE CONDICIONES DE ACCESO PARA EMPRESAS DE SEGUROS CON ÉNFASIS EN EL ACCESO POR SUCURSAL (DEROGACIÓN DE LA DEC. CMC Nº 09/99)

 

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Acuerdo Marco sobre Condiciones de Acceso para Empresas de Seguros con Énfasis en el Acceso por Sucursal y la Decisión Nº 09/99

 

 del Consejo del Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que es necesario actualizar el acervo normativo del MERCOSUR.

 

 

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE:

 

 

Art.1 - Aprobar el texto del “Acuerdo para dejar sin efecto el Acuerdo Marco sobre Condiciones de Acceso para Empresas de Seguros con énfasis en el Acceso por Sucursal”, en sus versiones en

 

español y portugués, que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión.

 

Art. 2 - Derogar la Decisión CMC Nº 09/99.

 

Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

 

 

XLVIII CMC - Brasilia, 16/VII/15.


 

 

ANEXO

 

 

ACUERDO PARA DEJAR SIN EFECTO EL ACUERDO MARCO SOBRE CONDICIONES DE ACCESO PARA EMPRESAS DE SEGUROS CON ÉNFASIS EN EL ACCESO POR SUCURSAL

 

 

La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del "Acuerdo Marco sobre Condiciones de Acceso para

 

Empresas de Seguros con Énfasis en el Acceso por Sucursal”, firmado en Montevideo el 7 de diciembre de 1999,

 

 

ACUERDAN:

 

 

ARTÍCULO I

 

Dejar sin efecto el "Acuerdo Marco sobre Condiciones de Acceso para Empresas de Seguros con Énfasis en el Acceso por Sucursal”, firmado en Montevideo el 7 de diciembre de 1999.

 

 

ARTÍCULO II

 

 

El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de su firma.

 

 

 

Firmado en Brasilia, República Federativa del Brasil, a los dieciséis días del mes de julio de 2015, en un original, en portugués y español, siendo ambos textos igualmente auténticos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga DC-9-1999-CMC Acuerdo Marco sobre Condiciones de Acceso para Empresas de Seguros