Detalle de la norma DC-8-2015-CMC
Decisión Nro. 8 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 2015
Asunto Directrices para una política de educación y cultura en derechos humanos 
Detalle de la norma

DC/8/2015/CMC

 

 

DIRECTRICES PARA UNA POLÍTICA DE EDUCACIÓN Y CULTURA EN DERECHOS HUMANOS EN EL MERCOSUR

 

 

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del MERCOSUR y la Decisión Nº 40/04 del Consejo del Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Plan Estratégico de Acción Social del MERCOSUR (PEAS) tiene como una de sus directrices el fortalecimiento de la temática de educación en derechos humanos en el ámbito regional, así como el establecimiento de políticas educativas coordinadas que promuevan una ciudadanía regional, una cultura de paz y respeto a la democracia, a los derechos humanos y al medio ambiente.

 

Que el Pacto Interamericano de Educación en Derechos Humanos tiene como finalidad promover la educación en derechos humanos como sustrato ético y eje articulador del sistema educativo formal y como condición necesaria para el desarrollo de capacidades ciudadanas que conduzcan al fortalecimiento del sistema democrático y a la vigencia efectiva de los derechos humanos.

 

Que la Declaración de las Naciones Unidas sobre la Educación y Formación en Derechos Humanos refuerza el compromiso asumido por el mencionado Pacto Interamericano en lo que se refiere al reconocimiento legal del derecho a la educación en derechos humanos, a la implementación de políticas públicas educativas y a las condiciones y recursos pedagógicos del sistema educativo para la educación en derechos humanos.

 

Que la Declaración y el Programa de Acción de Viena (1993) definen la educación, la capacitación y la información pública en materia de derechos humanos como indispensables para establecer y promover relaciones estables y armoniosas entre las comunidades y para fomentar la comprensión mutua, la tolerancia y la paz.

 

Que el Programa Mundial para Educación en Derechos Humanos, actualmente en su Tercera Fase (2015-2019), estimula la promoción, por medio de la educación en derechos humanos, de las actitudes y de los comportamientos necesarios para el respeto de los derechos humanos de todos los miembros de la sociedad.

 

Que, de acuerdo con la Declaración Universal de Derechos Humanos, la educación debe apuntar a la plena expansión de la personalidad humana y al refuerzo de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, además de favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos raciales o religiosos.


 

 

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN  DECIDE:

 

Art. 1 - Encomendar a la RAADDHH, a través de la Comisión Permanente de Educación y Cultura en Derechos Humanos, la elaboración de una propuesta de directrices para una política de educación y cultura en derechos humanos en el MERCOSUR, a ser elevada para consideración del CMC antes de su última reunión ordinaria de 2016.

 

Art. 2 - Instruir al Instituto de Políticas Públicas de Derechos Humanos (IPPDDHH) a que, en el ejercicio de sus competencias, apoye a la RAADDHH en la tarea de elaborar la mencionada propuesta.

 

Art. 3 - Facultar a la RAADDHH a coordinar esfuerzos con otras instancias de la estructura institucional del MERCOSUR con competencia en la temática objeto de la presente Decisión.

 

Art. 4 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

 

 

XLVIII CMC - Brasilia, 16/VII/15.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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