Acordada N°
2557/2015
Declarar inhábil a
los efectos procesales, el día 09 de junio del corriente año, sin perjuicio de
la validez de los actos procesales que se hayan cumplido en dicha fecha.
En la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, a los diez días del mes de junio de dos mil quince, siendo las
catorce horas, se reúnen los Vocales miembros del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN,
cuyas firmas obran al pie de la presente, con la presidencia del acto del Dr.
Juan Carlos VICCHI, a fin de considerar la declaración de inhábil a los efectos
procesales, el día 09 de junio del corriente año, por razones de público
conocimiento, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se hayan
cumplido en dicha fecha. Por ello, los señores Vocales
ACORDARON:
ARTÍCULO 1° — Declarar
inhábil a los efectos procesales, el día 09 de junio del corriente año, sin
perjuicio de la validez de los actos procesales que se hayan cumplido en dicha
fecha.
ARTÍCULO 2° — Regístrese,
hágase saber en los estrados, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Con lo que terminó el acto
siendo las catorce y quince horas.
RICARDO XAVIER BASALDUA,
Vocal. — EDITH VIVIANA GOMEZ, Vocal. — CHRISTIAN M. GONZALEZ PALAZZO, Vocal. —
ARMANDO MAGALLON, Vocal. — CORA M. MUSSO, Vocal. — JOSÉ LUIS PÉREZ, Vocal. —
CLAUDIA B. SARQUIS, Vocal. — ESTEBAN JUAN URRESTI, Vocal. — JUAN CARLOS VICCHI,
Presidente.