RE/9/2015/GMC
CERTIFICADO DE VENTA LIBRE DE PRODUCTOS
DOMISANITARIOS
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro
Preto y las Resoluciones N° 24/96, 25/96, 24/06 y 51/06 del Grupo Mercado
Común.
CONSIDERANDO:
Que el Certificado de Venta Libre de Productos
Domisanitarios permite garantizar que los productos fabricados cumplen con la
reglamentación de la autoridad sanitaria de cada Estado Parte.
Que la emisión del Certificado de Venta Libre de
Productos Domisanitarios es competencia de la autoridad sanitaria de cada
Estado Parte.
Que es necesario armonizar los requisitos mínimos que
deben ser contemplados en el Certificado de Venta Libre de Productos
Domisanitarios.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el contenido mínimo del modelo para
"Certificado de Venta Libre de Productos Domisanitarios", que consta
como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los Estados Partes, por medio de las
autoridades sanitarias competentes, emitirán el Certificado de Venta Libre de
Productos Domisanitarios a solicitud del titular del registro.
Art. 3 - La emisión y validez del Certificado de Venta
Libre de Productos Domisanitarios estarán sujetas a la comprobación de que los
productos cumplan con la normativa M E RCOSU R vigente.
Art. 4 — A los efectos de la implementación de la
presente Resolución, la República del Paraguay utilizará la denominación
Certificado de Libre Venta de Productos Domisanitarios (CLV), conforme a los
requisitos establecidos en el Anexo.
Art. 5 - Los organismos nacionales competentes para la
implementación de la presente Resolución son las autoridades sanitarias de los
Estados Partes.
Art. 6 - Esta Resolución deberá ser incorporada al
ordenamiento jurídico de los Estados Partes, antes del 1/X11/2015.
ANEXO
CERTIFICADO DE VENTA LIBRE DE PRODUCTOS DOMISANITARIOS
La [Autoridad Sanitaria Competente del Estado Parte]
CERTIFICA que el producto abajo detallado, cumple debidamente con la
reglamentación nacional, en conformidad con la normativa MERCOSUR vigente.
NOMBRE DEL PRODUCTO
|
|
NOMBRE DEL PRODUCTO EN EL PAÍS DONDE SERÁ
COMERCIALIZADO (CUANDO SEA EL CASO)
|
|
NUMERO DE NOTIFICACIÓN/REGISTRO DEL
PRODUCTO
|
|
CATEGORÍA DEL PRODUCTO
|
|
CONDICIÓN DE VENTA
|
|
VERSIONES/VARIEDADES
|
|
FECHA DE NOTIFICACIÓN/REGISTRO
|
|
FECHA DE VENCIMIENTO DE
NOTIFICACIÓN/REGISTRO
|
|
EMPRESA TITULAR DEL REGISTRO
|
|
DIRECCIÓN
|
|
AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA
OTORGADA POR LA AUTORIDAD SANITARIA COMPETENTE DEL ESTADO PARTE Y CUALQUIER
OTRO NUMERO DE IDENTIFICACIÓN DE LA MISMA, SI CORRESPONDE
|
|
OTRAS INFORMACIONES QUE LA AUTORIDAD
SANITARIA COMPETENTE DEL ESTADO PARTE CONSIDERE NECESARIAS (incluyendo, por
ejemplo, la fórmula del producto y/o descripción de los ingredientes activos
principales que definen el uso del producto)
|
|
PAÍS DE DESTINO
|
|
El presente CERTIFICADO solamente tendrá validez si
está firmado por el responsable de la [Autoridad Sanitaria Competente del
Estado Parte] y está debidamente legalizado de acuerdo al procedimiento
establecido por el país de destino.
Lugar y fecha,
Firma del Responsable del Organismo