Resolución 120/2015
Habilítese la zona
operativa aduanera en el Muelle de Fertilizantes y Graneles Sólidos de la firma
NIDERA S.A. (CUIT N° 33506737449), ubicado en la margen derecha del Rio Paraná,
a la altura de la progresiva del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON QUINIENTOS
(451,500) de la ruta troncal de navegación, en la localidad de Puerto General
San Martin, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo,
hasta el día 30 de junio de 2015, inclusive.
Buenos Aires, 8 de Junio
de 2015.
VISTO la Actuación SIGEA
N° 12509-458-2014/12 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO
Que por la citada
actuación la firma NIDERA S.A. (CUIT N° 33506737449) solicita la prórroga de la
habilitación provisoria del Muelle de Fertilizantes y Graneles Sólidos de su
propiedad, que fuera otorgada por la Resolución N° 095/2015 (SDG OAI) para realizar
operaciones aduaneras en el citado muelle, ubicado en la margen derecha del Rio
Paraná, a la altura de la progresiva del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON
QUINIENTOS (451,500) de la ruta troncal de navegación, en la localidad de
Puerto General San Martin, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción de la Aduana
de San Lorenzo.
Que se encuentra
acreditada en la Actuación SIGEA N° 12509-458-2014/1 que la habilitación
definitiva del citado muelle en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la
Secretaría de Transporte por Expediente N° EXP-S02:0109969/2013, como una
ampliación del Decreto N° 710/1998, a través del cual se habilitó oportunamente
el puerto de la firma NIDERA S.A. —San Lorenzo—.
Que en función de lo
expuesto, resulta procedente autorizar la habilitación provisoria de una zona
operativa aduanera en el muelle referenciado en el párrafo primero, hasta el
día 30 de junio de 2015, inclusive.
Que han tomado la
intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición
N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE
LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Habilítese
la zona operativa aduanera en el Muelle de Fertilizantes y Graneles Sólidos de
la firma NIDERA S.A. (CUIT N° 33506737449), ubicado en la margen derecha del
Rio Paraná, a la altura de la progresiva del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO
CON QUINIENTOS (451,500) de la ruta troncal de navegación, en la localidad de
Puerto General San Martin, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción de la Aduana
de San Lorenzo, hasta el día 30 de junio de 2015, inclusive.
ARTICULO 2° — La presente
tendrá vigencia a partir del día de la fecha.
ARTICULO 3° — Regístrese,
comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome
conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase a la Aduana de
San Lorenzo para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M.
MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras
del Interior.