Detalle de la norma CO-11033-2015-BCRA
Comunicación Nro. 11033 Banco Central de la República Argentina
Organismo Banco Central de la República Argentina
Año 2015
Asunto Convenio Interinstitucional sobre el Sistema Bilateral de Pago de Beneficios de la Seguridad Social en Moneda local entre Argentina y Brasil
Boletín Oficial
Fecha: 12/06/2015
Detalle de la norma

Comunicación "B" 11033

 

Convenio Interinstitucional sobre el Sistema Bilateral de Pago de Beneficios de la Seguridad Social en Moneda local entre Argentina y Brasil

 

Buenos Aires, 11 de Junio de 2015.

 

Nos dirigimos a Uds. con el propósito de informarles que a partir del 29/06/2015, se habilitará en el sistema de referencia la declaración de operaciones previsionales en el marco del Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del MERCOSUR.

 

El propósito de la modificación es admitir cobros y pagos de jubilaciones y otros beneficios previsionales de la seguridad social que correspondan a residentes permanentes en los países firmantes del Convenio Interinstitucional sobre el Sistema Bilateral de Pago de Beneficios de la Seguridad Social en Moneda local entre el INSS de la República Federativa de Brasil y la ANSES de la República Argentina, que se cursen a través del Sistema de Pagos en Moneda Local. De esta manera se cursarán operaciones denominadas en la moneda del país en el cual se origina el pago del beneficio previsional, sin perjuicio de que las operaciones de comercio de bienes se continuarán cursando en la moneda del exportador.

 

Respecto del sistema informático, a efectos de declarar operaciones pertenecientes a esta nueva categoría, en la pantalla de ingreso de datos de la aplicación de carga de operaciones, será necesario indicar en el campo correspondiente a “Tipo” el valor “F” (Operación Fijo-Variable, como se denomina a las operaciones declaradas en moneda local).

 

Asimismo, en la sección “Datos Locales” de la pantalla, en el campo correspondiente a “Código de Operación”, deberá seleccionarse la opción “380MS- Operaciones relativas al Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del Mercosur”.

 

El resto de los campos deberán integrarse en la forma habitual, teniendo en cuenta que el importe que se declara será expresado en la moneda local (Pesos Argentinos).

 

Para la implementación de esta nueva versión será necesario ejecutar, a través del módulo de administración SML, la actualización de la información contenida en el archivo “SMLTABLAS.ZIP” que se descarga de la Extranet. Dicho proceso deberá realizarse luego del cierre del día hábil anterior a la fecha indicada. Se aclara que no se requerirá reemplazar las versiones de las aplicaciones informáticas de carga y carga masiva ya instaladas en forma local en las entidades, como así tampoco la aplicación de envío.

 

Saludamos a Uds. muy atentamente

 

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

 

Alejandra I. Sanguinetti

Gerente de Operaciones con Títulos y Divisas

 

Alejandro F. Mori

Gerente de Aplicaciones de Banca Central

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
CO-68579-2015-BCRA Relaciona Convenio Interinstitucional sobre el Sistema Bilateral de Pago de Beneficios de la Seguridad Social en Moneda local entre Argentina y Brasil