Resolución General 3778/2015
Establécese la
obligatoriedad del cumplimiento del procedimiento establecido en el Manual de
Asignación de Turnos Operativos para el despacho de mercaderías en las
terminales portuarias en jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones
Aduaneras Metropolitanas, el cual se encontrará disponible en el sitio “web” de
esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).
Buenos Aires, 5 de Junio
de 2015.
VISTO el Marco Normativo
para Asegurar y Facilitar el Comercio Global (SAFE) de la Organización Mundial
de Aduanas (OMA), y
CONSIDERANDO:
Que los principios
definidos por la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y la dinámica del
comercio internacional, marcada por la competitividad y la globalización,
exigen a las administraciones aduaneras mayores esfuerzos en la facilitación
del comercio internacional.
Que ello determina la
revisión y el rediseño constante de los procedimientos vigentes, en el marco de
un proceso de mejora continua destinado a profundizar el desarrollo del
gobierno electrónico que permita optimizar el control aduanero y otorgar máxima
fluidez a la operatoria en trato.
Que de conformidad con lo
delineado en las últimas convocatorias del Consejo Consultivo Aduanero y en las
reuniones mantenidas entre los responsables de las terminales portuarias y los
funcionarios de esta Administración Federal, se han alcanzado acuerdos
tecnológicos que permiten la asignación de turnos en base a las políticas que
determine esta Organización, que propenden a la agilización del comercio
exterior.
Que han tomado la
intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones
Generales de Asuntos Jurídicos, de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección
General de Aduanas.
Que la presente se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618
del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Establécese
la obligatoriedad del cumplimiento del procedimiento establecido en el Manual
de Asignación de Turnos Operativos para el despacho de mercaderías en las
terminales portuarias en jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones
Aduaneras Metropolitanas, el cual se encontrará disponible en el sitio “web” de
esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).
Art. 2° — La Subdirección
General de Sistemas y Telecomunicaciones mantendrá actualizados los procesos
contenidos en dicho manual.
Art. 3° — La presente
resolución general comenzará a regir de acuerdo al cronograma que establecerá
la Dirección General de Aduanas, el cual estará disponible en el sitio “web” de
esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).
Art. 4° — Regístrese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difúndase en
el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Ricardo
Echegaray.