Ley 27.136
Acuerdo sobre
Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno
de Belice
Sancionada: Abril 29 de
2015
Promulgada: Mayo 15 de
2015
El Senado y Cámara de
Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el
Acuerdo sobre Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Argentina y
el Gobierno de Belice, suscripto en la Ciudad de Buenos Aires —República
Argentina—, el 22 de octubre de 2013, que consta de trece (13) artículos, cuya
copia autenticada en idioma español, forma parte de la presente ley.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese
al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL
MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
— REGISTRADO BAJO EL N°
27.136 —
AMADO BOUDOU. — JULIÁN A.
DOMÍNGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Decreto 836/2015
Promúlgase la Ley N°
27.136.
Buenos Aires, 15 de Mayo
de 2015.
POR TANTO:
Téngase por Ley de la
Nación N° 27.136 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D.
Fernández. — Héctor M. Timerman.
Anexo Ley