Disposición 190/2015
Dejar sin efecto la
designación de Jefatura que fuera establecida por la Disposición N° 188/15 (SDG
RHH) respecto de los agentes que más abajo se detallan
Buenos Aires, 20 de Abril
de 2015.
VISTO las Disposiciones
Nros. 13/15 (AFIP) y 158/15 y 188/15 de la Subdirección General de Recursos
Humanos, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición N°
13/15 (AFIP), se efectuaron adecuaciones en la Estructura Organizativa de la
Dirección General de Aduanas.
Que a través de las
Disposiciones Nros. 158 y 188 (SDG RHH) del año en curso, se dieron por
finalizadas funciones y se designó a diversos agentes para desempeñar funciones
de Jefatura en el ámbito de la Dirección General de Aduanas.
Que la Subdirección
General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas gestiona efectuar
modificaciones en los citados actos dispositivos mencionados en el visto de la
presente
Que se cuenta con la
conformidad de la Dirección General de Aduanas.
Que en ejercicio de las
atribuciones conferidas por la Disposición N° 487 (AFIP) de fecha 14 de
diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE
LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Dejar sin
efecto la designación de Jefatura que fuera establecida por la Disposición N°
188/15 (SDG RHH) respecto de los agentes que más abajo se detallan, atento a no
haber tenido principio de ejecución:
ARTÍCULO 2° — Modificar la
función asignada por las Disposiciones Nros. 158/15 y 188/15 (SDG RHH) respecto
de los agentes que más abajo se detallan, quienes pasarán a desempeñarse en el
carácter y en la unidad de estructura que en cada caso se indica:
ARTÍCULO 3° — Dejar
establecido que los agentes que se venían desempeñando como Jefes de Sección y
de Oficina en las Aduanas Colón, Concepción del Uruguay, Concordia y
Gualeguaychú que en razón de la modificación de la Estructura Organizativa
introducida por la Disposición N° 13/15 (AFIP), pasaron a depender de la
Dirección Regional Aduanera Rosario, continuarán ejerciendo sus funciones en
idéntico carácter y cargo, en jurisdicción de la Subdirección General de
Operaciones Aduaneras del Interior.
ARTÍCULO 4° — Considerar
el presente acto dispositivo con vigencia a partir del 6 de abril del año en
curso, para los casos que así corresponda.
ARTÍCULO 5° — Regístrese,
comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial
para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora
General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).