Comunicación
"A" 5752
Seguimiento de los
cobros de exportaciones afectados a préstamos para proyectos de inversión
Buenos Aires, 4 de Mayo de
2015.
Nos dirigimos a Uds. a los
efectos de comunicarles que con vigencia a partir del 4.05.2015 inclusive, se
ha dispuesto lo siguiente:
1. Modificar la sección V.
de la Comunicación “A” 3493 incorporada por la Comunicación “A” 5465,
reemplazándola por la siguiente:
“V. Seguimiento de otras
operaciones con ampliaciones de plazos en el marco de modalidades específicas
de financiación.
Quedan comprendidos en
este apartado los permisos de embarque afectados a los siguientes
financiamientos:
i. Préstamos para
proyectos de inversión en el marco de lo previsto en el punto 7.1. de la
Comunicación “A” 5265 y complementarias.
ii. Prefinanciaciones del
exterior y locales con fondeo del exterior Comunicación “A” 5751.
La entidad interviniente
deberá informar lo siguiente a los efectos de registrar la ampliación del plazo
de vencimiento de la operación, por encuadrarse en lo dispuesto en alguna de
las modalidades de financiamiento mencionadas:
a. Código de la entidad
financiera interviniente.
b. CUIT del exportador.
c. Número de destinación
de exportación a consumo.
d. Código de moneda.
e. Valor FOB.
f. Fecha de oficialización.
g. Fecha de embarque.
i. Fecha de vencimiento
para la liquidación de las divisas.
j. Código que identifica
la modalidad de financiamiento.”
2. A los efectos de
cumplir con lo establecido en el punto precedente las entidades financieras
deberán remitir la información según el mecanismo previsto en la Comunicación
“B” 7684 y complementarias.
Saludamos a Uds.
atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA
Marina Ongaro
Gerente Principal de
Exterior y Cambios
Agustín Torcassi
Subgerente General de
Operaciones A/C