Resolución 7/2015
La información
sobre las inversiones a que refiere el ACTA DE COMPROMISO PARA CONTINUAR EL
PROGRAMA DE EXPANSIÓN DEL SECTOR VITIVINÍCOLA, suscripta en fecha 14 de enero
de 2015 entre el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA, BODEGAS DE ARGENTINA A.C. y las empresas
constituidas como garantes del compromiso de inversiones asumido por esa
asociación civil, deberá proporcionarse, con carácter de Declaración Jurada, a
través del formulario “Informe Trimestral de Inversiones - Decreto N° 275/15”,
de acuerdo con el modelo e instrucciones que como Anexo forman parte de la
presente resolución.
Mendoza, 23/4/2015
VISTO el Expediente N°
311-000120/2005-5 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, el
Decreto N° 275 de fecha 25 de febrero de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el decreto citado
en el Visto se ratifica el ACTA DE COMPROMISO PARA CONTINUAR EL PROGRAMA DE
EXPANSIÓN DEL SECTOR VITIVINÍCOLA, suscripta en fecha 14 de enero de 2015 entre
el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, BODEGAS DE ARGENTINA A.C. y las empresas constituidas como
garantes del compromiso de inversiones asumido por esa asociación civil.
Que si bien por la
referida Acta se contemplan los aspectos sustanciales relativos a las
inversiones comprometidas, resultan necesarias ciertas precisiones y normas
complementarias al respecto.
Que a los efectos de la
verificación del cumplimiento de las obligaciones asumidas por BODEGAS DE
ARGENTINA A.C. y las empresas garantes, la aludida Acta prevé la intervención
del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) y de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN POLÍTICO INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA.
Que de acuerdo con lo
expuesto corresponde que este Organismo determine los plazos, procedimientos y
aspectos operativos para el control pertinente, en cumplimiento de la referida
Acta.
Que Subgerencia de Asuntos
Jurídicos del INV ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las
facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto
N° 1306/08,
EL PRESIDENTE DEL
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1° — La información sobre
las inversiones a que refiere el ACTA DE COMPROMISO PARA CONTINUAR EL PROGRAMA
DE EXPANSIÓN DEL SECTOR VITIVINÍCOLA, suscripta en fecha 14 de enero de 2015
entre el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA, BODEGAS DE ARGENTINA A.C. y las empresas
constituidas como garantes del compromiso de inversiones asumido por esa
asociación civil, deberá proporcionarse, con carácter de Declaración Jurada, a
través del formulario “Informe Trimestral de Inversiones - Decreto N° 275/15”,
de acuerdo con el modelo e instrucciones que como Anexo forman parte de la
presente resolución.
2° — Los períodos
trimestrales comprendidos en cada Informe serán:
1er Trimestre del
01/02/2015 al 30/04/2015
2do Trimestre del
01/05/2015 al 31/07/2015
3er Trimestre del
01/08/2015 al 31/10/2015
4to Trimestre del
01/11/2015 al 31/01/2016
En consecuencia, las
inversiones computables serán aquéllas cuya factura o documento equivalente
respaldatorio no sea de fecha anterior a la primera de las indicadas
precedentemente.
3° — El Informe
correspondiente a cada trimestre deberá ser presentado ante este Organismo, en
las condiciones convenidas en el Punto 6.1 de la referida Acta, antes del día
30 del mes siguiente a la finalización de cada trimestre, a fin de dar
cumplimiento al mismo.
4° — Al solo efecto de
posibilitar las medidas de control a cargo de este Instituto, BODEGAS DE
ARGENTINA A.C. deberá informar al mismo, mediante nota suscripta por sus
representantes legales, dentro de los SIETE (7) días hábiles a contar de la
fecha de publicación de la presente resolución, la nómina de las empresas
asociadas a esa Organización. Asimismo, la mencionada asociación deberá
informar las altas y bajas que experimente dicha nómina en cada trimestre.
5° — Derógase la
Resolución N° C.19 de fecha 19 de julio del 2005.
6° — Regístrese,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para
su publicación y cumplido, archívese. — C.P.N. GUILLERMO DANIEL GARCIA,
Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.